En la presentación que dio origen a la resolución de la Corte, la Defensora del Pueblo porteña, Alicia Oliveira afirmó que “este camino constituye una solución de equilibrio entre el derecho inalienable de los ahorristas, su libertad de disposición, y la situación de crisis, que sólo así podrá resolverse sin alterar la necesaria paz social”.
Cabe destacar que desde el 8 de enero la Corte Suprema tenía en su poder el expediente judicial iniciado por una presentación de la defensora, que obtuvo un fallo favorable de Silva Garretón, por el cual se garantiza a los ahorristas porteños el acceso a sus depósitos. Esta medida cautelar quedó suspendida a partir del pedido de “per saltum” realizado por el Banco Central, situación sobre la cual todavía no se expidió la Corte Suprema.
Precisamente, debe tenerse en cuenta que la Corte no resolvió aún el fondo del asunto, ni se expidió siquiera por la medida cautelar concedida por el juez de primera instancia. En la resolución que remite el expediente a Garretón para que fije audiencia, se expresa que esto se decide “sin que ello signifique definición alguna sobre su legitimación (de la Defensoría) ni sobre las medidas cautelares”.