El Consejo de la Magistratura se encuentra analizando nuevamente el proyecto que intenta modificar el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación e incorporar la asistencia letrada y el pago de una “tasa de justicia” para iniciar denuncias contra jueces ante el organismo.
El 2012 comenzó para el Consejo de la Magistratura con un nuevo-viejo tema puesto que se comenzó a analizar nuevamente el proyecto que modifica el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación estableciendo, entre otras cosas, la asistencia letrada y el pago de una “tasa de justicia” para iniciar denuncias contra jueces ante el organismo.
Desde composiciones anteriores se discuten cambios de este estilo, en su momento impulsado por el entonces consejero-juez, Claudio Kiper, luego por el también juez, Luis María Bunge Campos, y hoy por el consejero-juez Mario Fera, aunque hasta ahora no tuvieron el visto bueno de la mayoría de los integrantes.
En noviembre del año pasado se logró lo que podría denominarse un “pequeño logro” para quienes impulsan estas modificaciones puesto que la Comisión de Disciplina aprobó “en general” la modificación del reglamento en los artículos 2, 4 y 5 y reordenamiento del Título V, mediante la incorporación de un nuevo artículo 25. Sin embargo, aquel dictamen 142/2011 ya contaba con disidencias y rechazos absolutos por parte de varios consejeros.
Por ello, el dictamen pasó a estar “a la vista” en la Comisión de Reglamentación donde hoy se encuentra en pleno análisis y, según pudo saber este diario, cuenta con pocas chances concretas de avanzar.
Incluso a fines del 2011 la ong “Observatorio de la Justicia Argentina”, cuyo titular es el ex consejero Beinusz Szmukler, remitió al organismo un escrito en el que expresaba su preocupación al entonces presidente del organismo y autor del proyecto Mario Fera sobre la iniciativa sosteniendo que “viola el derecho a peticionar a las autoridades y el libre acceso a la justicia, lo que la torna inconstitucional”.
“Nos llama poderosamente la atención que un requisito que no es exigido para denunciar un delito por cualquier funcionario o ciudadano, sea requerido cuando la denuncia recaiga en los jueces de la Nación” explicita el escrito y sostiene que “pareciera responder más a un defensa corporativa”.
En concreto, la iniciativa en análisis modificará el artículo 2 y 4 del reglamento incluyendo la “asistencia letrada” para formular una denuncia contra un magistrado. Asimismo al momento de realizar la misma “deberá depositarse a la orden del Consejo de la Magistratura una suma equivalente a la de la tasa de justicia prevista en la ley 23.898”. Suma que se devolvería si el trámite llega a la instancia en que se cita al magistrado por el artículo 20.
En referencia al reordenamiento del Título V, mediante la incorporación de un nuevo artículo 25, se establece la posibilidad de que la Comisión proponga al Plenario “cuando lo considere pertinente, que se declare la temeridad o malicia en que hubieren incurrido los denunciantes o profesionales intervinientes”.
La semana pasada el tema estuvo en la orden del día de la Comisión de Reglamentación pero se postergó su tratamiento. El futuro seguro es de discusión.