“Porque no queremos que los ahorristas continúen con la angustia de no saber qué pasará con sus ahorros –señaló Oliveira- hemos realizado con el Banco Central una presentación conjunta para evitar más dilaciones, lo que también constituye una denegación de justicia”.
La Defensora porteña agregó que “pedimos se realice la audiencia para exigir se respete el derecho de la gente, es decir, poder disponer de sus ahorros sin corralitos de ningún tipo”.
Cabe destacar que, según voceros de la Defensoría, el juez federal Martín Silva Garretón les habría comunicado verbalmente a los asesores letrados del organismo que la mencionada audiencia se fijaría para el próximo 25 de abril. Sin embargo, el magistrado aún no adoptó una decisión en el expediente. Esto motivó la presentación conjunta de la Defensoría y el BCRA.
Recordemos que, el 12 de marzo, el Máximo Tribunal devolvió el expediente de la presentación de la Defensoría a Silva Garretón, magistrado del fuero contencioso administrativo federal, para que fije una audiencia con el Banco Central (BCRA) y la Asociación de Bancos que permita establecer bases de negociación con los ahorristas, a fin de que se devuelvan los depósitos sin afectar sus derechos ni la operatoria bancaria.
En la presentación que dio origen a la resolución de la Corte, la Defensora del Pueblo porteña, Alicia Oliveira afirmó que “este camino constituye una solución de equilibrio entre el derecho inalienable de los ahorristas, su libertad de disposición, y la situación de crisis, que sólo así podrá resolverse sin alterar la necesaria paz social”.
Cabe destacar que desde el 8 de enero la Corte Suprema tenía en su poder el expediente judicial iniciado por una presentación de la defensora, que obtuvo un fallo favorable de Silva Garretón, por el cual se garantiza a los ahorristas porteños el acceso a sus depósitos. Esta medida cautelar quedó suspendida a partir del pedido de “per saltum” realizado por el Banco Central, situación sobre la cual todavía no se expidió la Corte Suprema.
La Corte no resolvió aún el fondo del asunto, ni se expidió siquiera por la medida cautelar concedida por el juez de primera instancia. En la resolución que remite el expediente a Garretón para que fije audiencia, se expresa que esto se decide “sin que ello signifique definición alguna sobre su legitimación (de la Defensoría) ni sobre las medidas cautelares”.