17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Acto administrativo

Al que toca toca, la suerte es loca

El Ministerio Público Fiscal, a través de una resolución, estableció que los vocales de los tribunales evaluadores de concursos sean elegidos con el mecanismo de sorteos públicos. Buscan brindar más transparencia al proceso y evitar cuestionamientos en este respecto.

Optimizar los recursos humanos de la institución, brindar transparencia al proceso, perfeccionar el sistema vigente. Esos son algunos de los objetivos que planteó el Ministerio Público Fiscal en su resolución 74/2012, en la que se establece que los vocales integrantes de los tribunales evaluadores de concursos serán elegidos a través de un sorteo público.

En este sentido, tuvieron en consideración que “corresponde al Procurador General de la Nación velar por el desempeño eficaz y oportuno de las obligaciones constitucionales y legales en cabeza de este Ministerio Público Fiscal”.

Asimismo, precisaron que “el suscripto considera necesario y oportuno, introducir modificaciones a la normativa indicada en el Visto, para perfeccionar el sistema vigente en aras de la máxima transparencia del trámite de los procesos de selección de sus magistrados y de la optimización del desempeño de los recursos humanos con que cuenta este Ministerio Público”.

También se llevó a cabo la acción “para garantizar que los abogados que integren las ternas de candidatos para ocupar los cargos concursados, sean los que acrediten la mayor idoneidad técnica específica para el adecuado ejercicio de la función en la magistratura para la que se concursa”.

Por estos motivos es que el acto administrativo determina que “los Vocales de los Tribunales evaluadores de los concursos y los Juristas invitados para intervenir en tal carácter -titulares y suplentes-, sean designados por sorteo público. En la resolución de convocatoria del concurso, el Procurador General de la Nación determinará la fecha, hora y lugar en que se llevarán a cabo dichos actos”.

Entre las precisiones en este respecto, la resolución indica que “para el sorteo de los vocales del Tribunal, se utilizará una lista confeccionada al efecto, integrada por la totalidad de los magistrados que reúnan los requisitos legales y reglamentarios para cumplir la función y actualizada periódicamente por la Secretaría Permanente de Concursos,

“Además deberá implementar el mecanismo que garantice la preferencia para la integración del Jurado por aquellos que se desempeñen en el fuero o especialización y en la jurisdicción territorial de la vacante, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 o del reglamento de concursos vigente.”

“A los fines del sorteo de los Juristas invitados, también público y en la misma oportunidad que el anterior, la Oficina elaborará una lista de profesores regulares por concurso de las universidades públicas, ajenos al MPFN, que se desempeñen o se hayan desempeñado como fiscales o defensores públicos -con preferencia por los primeros-, para lo cual implementará también el mecanismo pertinente y solicitará, en forma periódica, a todas las universidades, las nóminas de los docentes y certificará respecto del ejercicio de tales funciones.”

También aclararon que “los sorteos serán documentados en actas rubricadas por la totalidad de los presentes, con la intervención como actuario de un funcionario de la Secretaría Permanente de Concursos con jerarquía no inferior a subsecretario letrado de la Procuración General de la Nación”.
 



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