20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Un lago cada vez más escondido

El STJ de Río Negro remitió a un Juzgado de Bariloche la causa que se tramita por el acceso al Lago Escondido, que según varias denuncias, no se cumple. Apuntan a un multimillonario empresario inglés que posee grande extensiones de tierras en esa provincia.

La primera travesía comenzó en 2010. Más de 13 horas a caballo, cinco en remo. El cronista de Caiga Quien Caiga (CQC) y su equipo tuvieron que afrontar la difícil tarea que significaba llegar, a través de un camino de montaña, al Lago Escondido, en la provincia de Río Negro. Como todo espejo de agua de esa magnitud, su acceso es público, pero, ¿por qué tanta dificultad para llegar hasta él? Porque el magnate inglés Joe Lewis compró todas las tierras que lo rodean.

Sin embargo, por una normativa, debía dejar un camino liberado para que cualquier persona pueda acceder hasta el lago. Sin embargo, según pudieron constatar desde la producción del programa, la única forma era solo apta para los valientes que se animaran al difícil camino que separa al paradisíaco lugar de los habitantes de la provincia.

Todo el problema terminó en el Poder Judicial, y tras idas y vueltas, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) emitió un fallo donde remite la causa para abrir un camino público al lago a un tribunal de Bariloche. 

Lo que buscan con esta acción es que se cumpla, finalmente, la manda de distintas decisiones judiciales tendientes a que se realice concretamente el camino que une a la ciudad rionegrina de El Foyel con el espejo de agua. Según consideraron desde el Máximo Tribunal provincial, esta acción debe tender a que no se demore más la apertura de una ruta accesible y, sobre todo, verdadera.

La medida del STJ expresa que “la sentencia 64/09, dictada en el marco de ejecución de aquella (la primer sentencia de 2006), fijó los parámetros para el cumplimiento efectivo de la misma, dada la ejecutoriedad propia de la decisión judicial firme que se torna en un mandato que ha de imponerse por los medios apropiados según su naturaleza”.

A su vez, los integrantes del Tribunal aclaran que “en efecto, en tales pronunciamientos se encuentra la manda cuyo cumplimiento el juez donde se radique la ejecución deberá verificar. Así como el leal acatamiento tanto de las partes como por los organismos que han intervenido en la presente causa”.

Ello, teniendo en consideración “los extremos que el Juez de Ejecución deberá contemplar, conforme el artículo 511 y el 588 bis Código Procesal Civil y Comercial, en cuanto a la adecuación de la ejecución de la sentencia se encuentran claramente definidos en las sentencias antes citadas”.

Agregaron: “En los considerandos de la sentencia 64/09 se señaló que es necesario asegurar que el camino constituido mediante la servidumbre, así como el trayecto preexistente que nace en el paraje Tacuifi, queden en el ámbito de la responsabilidad de VIARSE, sin perjuicio además de la intervención que le corresponde al CODEMA y demás organismos competentes para asegurar el acceso al Lago Escondido con adecuada señalización y asegurando la transitabilidad con el debido cuidado de la normativa nacional”.

Se refieren a la Ley 22.351 y Ley 25.675 (General del Medio Ambiente) “en cuanto fueren aplicables y demás normativa provincial referida a las áreas naturales protegidas”.

Finalizaron agregando que "de éste modo, el Máximo Tribunal de la Provincia de Río Negro resulta coherente con sus resoluciones anteriores y obliga expresamente al Juez Civil que resulte sorteado en Bariloche a dar fiel cumplimiento a la apertura del camino de Tacuifí dispuesta oportunamente por el mismo STJ, medida que la ciudadanía viene demandando desde hace ya largos años a fin de garantizar el libre acceso, en condiciones de igualdad y accesibilidad, a las aguas y márgenes públicas del Lago Escondido".



dju

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