20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Los jueces aclararon que la resolución no es firme

Santa Fe: la pequeña novela del verano

La Justicia santafesina decidió aceptar, durante esta feria, el pedido de la familia Serra, quienes dieron a un hogar de tránsito a una bebé por más de dos años y cuando finalmente apareció un adoptante, ya habían forjado un vínculo, por lo que solicitaron hacerse cargo de la menor de forma definitiva.

Las últimas semanas no habían sido muy alentadoras para la familia Serra. La Justicia santafesina no les brindó la respuesta que esperaban en torno a la beba que, después de dos años de convivencia, consideraban una integrante más del núcleo familiar. A pesar de brindar su hogar como parte del tránsito de la menor, cuando apareció un adoptante entendieron que no podían terminar el vínculo generado.

Pero la jueza de familia Liliana Michelassi entendió que la menor de edad debía ser, según los preceptos normativos, dada en adopción a un nuevo postulante que estaba antes que los Serra en la lista de espera. En un comunicado, la magistrada brindó precisiones acerca de su decisión, dado que el caso tomó una repercusión mediática y la opinión pública rápidamente se posicionó a favor de la familia que brindó su hogar.
 
Pero la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esa provincia decidió, durante este período de feria, que la beba debía volver con la familia que se movilizó para obtener la guarda definitiva. De todas formas, los magistrados precisaron que no era una resolución firme, y que la decisión final sobre el destino de la pequeña será tomado una vez que finalice la feria.
 
Michelassi había precisado al respecto de esta cuestión que “el interés superior del niño (artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional), no puede erigirse en causal de justificación de procedimientos que pretendan, bajo la intención de ser interpretados como flexibles, escapar al marco normativo que en materia de niñez resulta de aplicación”.
 
Pero los camaristas interpretaron que el interés superior de la niña pasaba, asimismo, por no alejarla de la familia con la que pasó los últimos dos años de su corta vida, una etapa fundamental en términos de vínculos. La nena había sido alejada de los Serra a raíz de la decisión de la jueza de primera instancia, y estaba a disposición del Ministerio de Desarrollo Social.
 
Joaquín Blanco, secretario de Coordinación de Políticas Sociales del Ministerio, informó que “ayer, en horas de la tarde, llegó una cédula urgente del tribunal de familia de feria, en la cual se nos notificaba que se resolvía dar lugar a una apelación interpuesta por la familia Serra y que se le otorgaba la convivencia a MJ con la familia Serra, hasta que se resuelva la cuestión de fondo. Esta resolución judicial no se expide sobre el fondo de la cuestión. Quiero aclarar que el ministerio estaba cuidando a la niña hasta tanto se resuelva su situación”.
 
Al mismo tiempo agregó que “nosotros somos respetuosos de las decisiones judiciales. De todas formas, estamos con expectativas en ver como evoluciona la situación. Creemos que en estas horas no es oportuno tener una posición determinante con respecto al fallo”.
 
“Pero queremos reiterar que en este debate hubo exceso en las posiciones de muchos autores y lo que menos se respeto fue el derecho de la niña. Los niños tienen derecho a tener padres y los adultos solo tienen deseos. Los deseos de los padres deben ser regulados”, explicó Blanco, cuyas declaraciones también suscitaron polémica.
 


dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486