17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

La reforma, con mirada procesal

La Asociación Argentina de Derecho Procesal emitió un comunicado, mediante el cual analizó jurídicamente las reformas en la justicia. “Con respecto al contenido, los tres proyectos debilitan los principios, derechos y garantías resguardados por la Constitución Nacional”, expresó 

Con el título “Preocupación por los Proyectos del Poder Ejecutivo sobre ‘Justicia Democrática’”, la Asociación Argentina de Derecho Procesal se sumó a la discusión y manifestó su opinión respecto a los proyectos de reforma judicial.
 
La Asociación analizó los tres proyectos que más debate generaron, la creación de las Cámaras de Casación, la limitación de las medidas cautelares y la elección popular de miembros del Consejo de la Magistratura. “Dos características de las iniciativas definen tanto la forma como la sustancia del debate público que ellas han provocado”, indicó el comunicado.
 
En cuanto a la forma, se afirmó que “los proyectos carecen de la construcción de consensos mínimos. Con una metodología opuesta a la llevada adelante para debatir sobre el Anteproyecto de nuevo Código Civil y Comercial, las propuestas no cuentan con un proceso de consultas previas con sectores involucrados en la actividad judicial, universidades y organizaciones del tercer sector”.
 
“La legitimidad, la envergadura y las repercusiones institucionales de las iniciativas requieren y exigen abrir un período de consulta seria sobre la política pública en torno al servicio de Justicia”, destacó. La organización aclaró que respecto del mencionado Anteproyecto, si se le brindó un marco de participación a toda la ciudadanía “para un cambio ideado en el ámbito de las relaciones privadas”, por lo que “resulta adecuado que se utilice el mismo método para el tratamiento de los proyectos que integran la propuesta conocida como ‘justicia democrática’”. 
 
En cuanto al contenido, la Asociación expresó que los tres proyectos en cuestión “debilitan los principios, derechos y garantías resguardados por la Constitución Nacional”. Ello, en razón de que “la reforma propuesta al Consejo de la Magistratura para la elección directa de sus integrantes determina que las mayorías electorales tengan el control sobre la designación y el enjuiciamiento de los jueces, en oposición a los criterios que fueron desarrollados por la Convención Constituyente de 1994 y poniendo en riesgo la independencia judicial”.
 
Siguiendo con la reforma del Consejo, el comunicado declaró que la misma altera la integración representativa prevista en la Carta Magna, que “lejos de afincarse en una lógica meramente ‘corporativa’”,  la misma demanda, como en todo órgano en el que la ley exige que sean representados diversos sectores de la comunidad, “que sean los miembros de cada sector los que elijan a sus representantes y que éstos últimos, además, integren y rindan cuentas frente al grupo que el legislador o el constituyente determinó que debe decidir sobre determinadas cuestiones de la vida institucional del país”.
 
En cuanto a la creación de las Cámaras de Casación, se expresó que ello “no hace más que generar una nueva prolongación de los juicios y un aumento injustificado en los costos del proceso, contrariando así dos de las finalidades básicas que cualquier reforma de la Justicia debería atender especialmente”.
 
En otro apartado, se señaló que la limitación de las cautelares “resulta contraria a la garantía de defensa en juicio y debido proceso legal consagrada en la Constitución Nacional y los Tratados internacionales que conforman el bloque de constitucionalidad, exponiendo a nuestro país a una incomprensible responsabilidad internacional por su inobservancia”.
 
Las Asociación se quejó de que la discusión sobre la modificación de estos tres institutos “ha quedado marginada de la discusión pública”. “La urgencia y superficialidad del debate (que obviamente no pueden ser justificadas bajo el pretexto de que las iniciativas han sido meditadas extensamente por sus redactores), sólo terminan reforzando las reservas planteadas por quienes sostienen la existencia de intenciones de baja política como único motor de las reformas”, sostuvo.
 
Según la entidad, el riesgo de afectar la independencia del Poder Judicial o de “desequilibrar el delicado balance que la Constitución establece entre los tres poderes del Estado”, constituye un argumento suficiente para detener su avance, “sin necesidad de que el daño institucional se consume para demostrar lo impropio de las propuestas”.
 
De acuerdo con ello, el comunicado hizo un repaso histórico de medidas que, según la Asociación, buscaban limitar la independencia del Poder Judicial. En tal sentido, recordó  la decisión de ampliar los miembros de la Corte Suprema en 1990, “que bajo el argumento de la mayor ‘eficiencia’ y ‘pluralidad’ de esta integración, consolidó uno de los episodios institucionales más graves de la década pasada”.
 
“Con el tiempo, las “buenas razones” con las que estas reformas fueron presentadas a la comunidad se desdibujaron y las medidas aprobadas mostraron su rostro más cruel: que con las mismas sólo se había limitado la independencia y eficacia del Poder Judicial, en perjuicio de la ciudadanía y sólo para limitar el control judicial de los actos de gobierno”, se destacó al respecto.
 
En cuanto a la idea de que los que no comparten con los proyectos “estarían propiciando que las cosas se mantengan como están, como si se tratara de una defensa corporativa de los defectos que padece el servicio de justicia”. La Asociación manifestó que no puede subordinar su opinión “ni su capacidad de participar críticamente en cualquier debate sobre la administración de justicia”, a esa “lógica binaria”, según la cual “fomentar el debate sobre cualquier iniciativa de reforma significaría propiciar la inacción o el quietismo”.
 
“Es por ello que corresponde a sus finalidades institucionales expresar su oposición a toda propuesta que pueda exhibir un riesgo serio para la independencia del Poder Judicial y para la eficacia y eficiencia del servicio de justicia”.
 
Por último, se alegó que era saludable que la Justicia civil (en sentido amplio), “esté colocada al tope de la agenda política y parlamentaria”. Pero que “sólo cabe esperar que estas ramas del Poder Judicial, dotadas de una problemática casi idéntica en lo que respecta a la forma de enjuiciamiento y a la gestión de sus estructuras, se mantengan en ese lugar de privilegio respecto de la atención pública, dado que en sus estrados se dirime constantemente la mayoría de los conflictos de la ciudadanía”.
 


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