La Procuración General de la Nación dictaminó que debe confirmarse una sanción a Cablevisión por infracción a la Ley de Lealtad Comercial al rechazar el recurso presentado por la empresa.
La procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, en un dictamen firmado la semana pasada opinó que debiera rechazarse un recurso extraordinario presentado por los abogados de la empresa Cablevisión S.A. contra una sanción impuesta por violar el artículo 9 de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial por “publicidad engañosa”.
Se trata de la causa “Cablevisión S.A. c/ DNCI - Disp 736/10 s/ Recurso” iniciada luego de una sanción impuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior contra la empresa de televisión por cable y en la que se le aplicó una sanción de 500 mil pesos.
La empresa apeló esta sanción monetaria ante la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La sala IV del fuero confirmó la sanción parcialmente ya que redujo a la mitad (250 mil pesos) el importe de la infracción “al adecuarla en relación a la gravedad de los hechos por los cuales confirmó la sanción apelada”.
Cablevisión presentó un recurso extraordinario que llegó a la Corte Suprema en el que argumentaba que la decisión de la cámara tenía “una arbitraria interpretación de las normas jurídicas aplicables -ante la inexistencia de infracción- así como de los presupuestos fácticos y procesales de la causa”.
Ante esto Monti sostuvo el rechazo de la queja ya que los argumentos de la empresa “sólo traducen una mera discrepancia con las razones” de la sanción.
“La Cámara no sólo ponderó las circunstancias de hecho sino que también examinó las pruebas que acreditaban la sanción impuesta y, sobre tales bases, con argumentos suficientes que colocan a su sentencia a resguardo de la tacha de arbitrariedad, consideró reunidos -conforme a la ley de Defensa del Consumidor- los requisitos legales para imponer la multa”, consigna el dictamen.
La Corte Suprema es la que ahora debe decidir y fallar acerca de si corresponde o no confirmar la sanción dictada contra Cablevisión S.A.