02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

En Chile valen los amparos argentinos

La Corte Suprema de Chile acogió dos recursos de amparo presentados por un ciudadano argentino y uno peruano que habían sido expulsados del país trasandino. 

La sala segunda de la Corte Suprema de Chile, con las firmas de Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas, hizo lugar a dos amparos presentados por ciudadanos extranjeros contra su expulsión de aquel país.

La causa se inició a partir de la presentación de amparos por parte de Cruz Bernardo Bazán, argentino, y Danny Silva Arancio, peruano, contra las resoluciones del Ministerio del Interior y la Intendencia Regional Metropolitana que decretaron sus expulsiones del país.

En el primer caso, se determinó que la decisión del Ministerio del Interior, que decretó la expulsión del país de Bernardo Bazán, por haber sido condenado por el delito de giro doloso de cheques, es improcedente.

Para la Corte chilena este delito “no constituye ninguno de los ilícitos que el legislador señaló en el artículo 15 N° 2 precitado, en que se enuncian actividades cuya realización, por su gravedad, peligrosidad y perniciosas consecuencias sociales, determinan el más absoluto rechazo de ingreso al territorio nacional para quienes se dedican a ellas”.

“La decisión ministerial revisada (...) no satisface tampoco las exigencias de razonabilidad, proporcionalidad y fundamentación propias de una decisión no arbitraria, al desatender completamente las circunstancias personales y familiares del amparado”, consigna la sentencia.

Es que el argentino “tiene una pareja estable y cuatro hijos de nacionalidad chilena, uno de ellos menor de edad -según certificados de nacimiento que se adjuntan al expediente-“, explica la sentencia.

Por lo que, para los ministros del máximo tribunal provincial, “la importancia de la conformación de una familia en este país” es un “elemento a ponderar al resolver la permanencia o expulsión de un extranjero”.

En el segundo caso, los ministros consideraron infundado, arbitrario y desproporcionado el actuar de la Intendencia de la Región Metropolitana al proceder a la expulsión de Danny Silva Arancio, decisión que se basó en el hecho de encontrarse el amparado, formalizado por un delito de amenazas, proceso en el que, en 2011, el Ministerio Público se desistió de continuar con la persecución penal.

 



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