02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024
Provincia de Buenos Aires

Ordenan elaborar un régimen de trabajo para mujeres presas

La Justicia Bonaerense hizo lugar a un habeas corpus presentado por un grupo de mujeres presas en la cárcel de Ezeiza que buscaban proteger sus derechos laborales. A las mujeres se les descontaban de sus haberes ciertos montos que consideraban “injustificados”. 

La sala III de la Cámara Federal de La Plata, con las firmas de Carlos Nogueira y Antonio Pacilio, confirmó hizo lugar parcialmente a un habeas corpus presentado por un grupo de mujeres que se encuentran detenidas en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza.

Se trata de la causa “s/ habeas cirpus. Presentante…” donde las mujeres realizaron la presentación para “resguardar sus derechos laborales”. En la misma sostuvieron que sufren “ciertos descuentos injustificados” en sus haberes, que “agravan las condiciones en que cumplen su detención”.

Las mujeres trabajan en el taller de carpintería de la unidad penitenciaria y denunciaron también las inadecuadas condiciones de este para ejercer tareas laborales de ese estilo. Desde la unidad carcelaria justificaban los descuentos y argumentaban que “el trabajo durante el encierro tenía finalidades pedagógicas y no pecuniarias”.

En cuanto a la manera de abonar los trabajos que realizan las internas, la cámara consideró los tratados internacionales y la legislación local, tal y como la ley 24.660 de Ejecución de la Pena. Allí se consigna que “serán abonados en los términos establecidos en la legislación laboral vigente”.

El Ente Cooperador Penitenciario, mediante un dictamen, fijo ciertas regulaciones laborales, lo que para los magistrados, no puede ser así. Sostuvieron que un dictamen de este ente “no puede ser fuente de regulación laboral que establezca condiciones menos favorables para el trabajador en situación de encierro que las consagradas por la ley”.

En este sentido hizo lugar parcialmente al habeas corpus presentado y ordenó al ente a que “elabore un régimen de trabajo para las personas privadas de su libertad que organice el trabajo intramuros”.

Pero este “deberá atender a las características especiales del ámbito en el que se desarrolla y a la normativa vigente y los instrumentos internacionales que rigen la materia”.

Además deberán informar mensualmente sobre los avances en lo encomendado por el tribunal bonaerense.

 



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