17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Año Nuevo en el Poder Judicial porteño

La Legislatura de la Ciudad aprobó modificaciones respecto a la Ley Orgánica del Poder Judicial porteño, en el Consejo de la Magistratura y en el Ministerio Público de la Ciudad.

Muchas veces las últimas sesiones parlamentarias, tanto a nivel nacional como local, encuentran el tratamiento de temas en forma apresurada y en cantidades muy grandes. En las últimas semanas, agitadas por cierto, la Legislatura de la ciudad trató gran cantidad de proyectos. Entre ellos actualizaciones en las normas del Poder Judicial porteño.

La primera de las modificaciones es la de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley 7, donde se ordenó y reorganizó el cuerpo normativo de modo tal de excluir las normas derogadas o cuya inconstitucionalidad fuera resuelta por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad. Esta modificación se aprobó con 48 votos positivos, 5 negativos y 4 abstenciones.

“Una modificación de tales características se torna imprescindible a los fines de otorgar una mayor claridad al texto legal que, seguramente, tendrá una incidencia directa en un mejor ejercicio de la función jurisdiccional estatal", dice en los considerandos del proyecto aprobado por los legisladores.

Por otra parte, se modificó la Ley del Consejo de la Magistratura, Ley 31 y la 1988 que regulan el funcionamiento del organismo, fueron modificadas. Las modificaciones impulsadas modifican la Ley 31 y dergan la Ley 1988 ya que “en aras de la aplicación de una técnica legislativa más precisa”, era necesario “unificar en un único cuerpo normativo todas las disposiciones vigentes”.

Ello para “otorgar mayor certeza a los operadores jurídicos y por consiguiente brindar mayor ejecutividad al funcionamiento de un órgano constitucional”. Los cambios se votaron con 50 votos afirmativos, 2 negativos y 2 abstenciones.

Asimismo, las modificaciones incorporan a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad como “órgano estable” del Consejo por ser conveniente para agilizar su funcionamiento.

También se modificó la Ley 1.903 para dotar al Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires de un poder disciplinario adecuado ya que la normativa hasta hoy vigente soslaya las sanciones de “carácter expulsivo” y sólo considera “sanciones de carácter correctivo y de muy baja graduación”.

El dictamen de la comisión de Justicia sostuvo, sobre este proyecto sancionado, que "para ejercer correctamente la potestad disciplinaria, el sistema debe ser íntegro, lo que significa que debe incluir sanciones correctivas y, necesariamente también debe contar con las expulsivas”. La iniciativa fue aprobada por 47 positivos, 4 negativos y un número igual de abstenciones.

 



dju
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