20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Miret sigue con los dos pies afuera

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por Luis Francisco Miret y confirmó sus destitución en la Cámara Federal de Mendoza en 2011. Los detalles de la sentencia.

La Corte Suprema de Justici, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Maqueda desestimaron un recurso de queja presentado por el ex magistrado, Luis Miret, y confirmaron su destitución como juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Se trata de la causa “Miret, Luis Francisco s/ pedido de enjuiciamiento” donde el máximo tribunal dejó firme la destitución del ex camarista federal mendocino, procesado por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura y apartado del cargo por un Jury de Enjuiciamiento en 2011.

En marzo de 2011, Miret fue destituido por “mal desempeño en sus funciones” por el Jurado de Enjuiciamiento quien sostuvo que “debió haber actuado conforme lo establecía la legislación vigente, disponiendo los mecanismos correspondientes para proceder a la investigación de tales actos delictivos e identificar a los responsables de las vejaciones, torturas y robos”. Denuncias que había recibido mientras se desempeñaba como juez federal subrogante en Mendoza en 1975. El juez tuvo conocimiento de esos hechos en el marco de una serie de indagatorias pero “sin embargo, omitió toda diligencia procesal en ese aspecto", concluyó el entonces tribunal que lo destituyó.

En su presentación ante el máximo tribunal, Miret había cuestionado que había sido destituido por hechos que ya existían cuando en 1984 el Senado aprobó su pliego como juez, y además denunció que se había vulnerado su garantía de defensa en juicio. “El Honorable Senado de la Nación, al momento de conceder el acuerdo para la designación del doctor Miret, no conoció en plenitud los hechos que aquí se le endilgan al enjuiciado”, sostuvo el fallo que lo destituyó.

El ahora ex magistrado consideró arbitraria la decisión del jury, al tiempo que sostuvo que se había desconocido los efectos de la renuncia que presentó en 2010 -previo al jury y que nunca fue aceptada- y que el jury había “transgredido su derecho de defensa en juicio”.

Pero la Corte sostuvo que “de modo invariable la doctrina según la cual las decisiones en materia de los llamados juicios políticos o enjuiciamiento de magistrados cuyo trámite se efectuó ante órganos ajenos a los poderes judiciales, constituyen un ámbito en el que sólo es posible la intervención judicial en la medida en que se aduzca y demuestre inequívocamente por el interesado, violación de alguno de los derechos o garantías establecidos en la Constitución Nacional”.

“La decisión del jurado de considerar como causal de destitución una conducta cumplida por el magistrado hace treinta y cinco años, es… inmune a la revisión judicial”, explicaron los jueces en la sentencia a la que accedio DiarioJudicial.com.

Asimismo, sostuvieron que “la facultad del Poder Ejecutivo de aceptar o rechazar la renuncia de un magistrado sometido al procedimiento del juicio político integra el ámbito de cuestiones políticas no justiciables”.

En este sentido, explican los jueces del alto tribunal, “la renuncia de un magistrado, por su sola presentación, no puede, en forma automática, excluirlo del procedimiento político de remoción”, explicaron en la sentencia.

Por todo ello, y concordando con lo dictaminado por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, “se desestima la queja” y por ende se deja firme la destitución de Luis Francisco Miret como juez.

 



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