La Justicia de la Ciudad ordenó el allanamiento de una casa en una causa por violencia doméstica iniciada por la abuela de un nene de tres años. La mujer denunciante también había sido víctima de los malos tratos. Los detalles de la resolución del juez.
El titular del juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas (PCyF) de la Ciudad de Buenos Aires N° 1, Norberto Tavosnanska, ordenó el allanamiento de una casa en el marco de una causa por violencia doméstica donde la abuela de un nene denunció a la madre del pequeño por malos tratos a ambos.
Se trata de la causa “A. R. S. s/ infr. art(s). 149 bis del CP”, donde luego del pedido del fiscal Walter López, el juez ordenó el allanamiento de la casa con el objetivo de secuestrar documentación y realizar exámenes físicos y psicológicos a un niño de 3 años en riesgo ante la violencia ejercida sobre él por su madre.
La abuela denunció a su propia hija ante la justicia porteña porque la madre del nene “le da pellizcos, empujones y golpes con la mano abierta, que ella misma tuvo que anotar al niño en el jardín y que su hija no lo lleva nunca al médico”.
Según consta en el expediente “le dijo a su hijo de 3 años que era un boludo y un pelotudo porque tenía que cambiar nuevamente la ropa” y a su madre: sos una puta, cornuda, vos me vas a enseñar a mí?... no sabés con quien te metes”.
“Entiendo que el cuadro de situación traído a estudio permite afirmar que están dadas las condiciones para proceder de acuerdo con lo solicitado, en tanto revela que concurren las situaciones de excepción necesarias para invadir los ámbitos de intimidad y reserva que protegen a todo individuo frente a cualquier injerencia estatal”, explicó el juez en la sentencia.
Y agregó que “no sólo se trata de una diligencia conveniente en relación a los fines de la investigación, sino además, en todo caso, para proteger la integridad psicofísica del menor damnificado T. E. A., pues se aprecia que existiría violencia física, posible negligencia, maltrato emocional y el vínculo entre la denunciada y su hijo sería conflictivo”.
El juez consideró que el menor se encontraba en una situación de riesgo por lo que “la necesidad de anular dichos riesgos o disminuirlos considerablemente, constituyen los dos pilares en que se asientan los motivos de urgencia que permiten admitir la diligencia peticionada”.
Además de ordenar el allanamiento, el juez ordenó también “realizar exámenes físicos y psicológicos” en los que “bajo ningún punto de vista deberá ser separado de su madre ni de su abuela al ser sometido a las evaluaciones”.