No hay prisión domiciliaria para ex represores porque sí | Mendoza: Policía condenado por matar a su vecino | Megacanje: Casación definirá si la investigación se retoma
La prisión domiciliaria no es sólo por la edad
La Cámara de Casación Penal, con las firmas de Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky, ratificó la denegatoria de prisión domiciliaria a un represor de 76 años acusado de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar. La Casación declaró "mal concedido" un recurso contra el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis que, el 19 de diciembre de 2013, no hizo lugar a la prisión domiciliaria de Pedro Armando Gil Puebla. "La condición etaria no comporta la concesión automática del instituto (del arresto domiciliario) en tanto resulta una facultad jurisdiccional que debe responder a estrictas razones humanitarias que no se verifican", sostiene la sentencia.
18 años de prisión para policía que mató a su vecino
La Segunda Cámara del Crimen de Mendoza, integrada por los jueces Armando Martínez, José Luis Del Pópolo y Marina Laura Cuatrini condenó a Ariel Cáceres, un oficial de la Policía provincial, a la pena de 18 años de prisión, por encontrarlo culpable de homicidio de su vecino, ocurrido en 2011 frente a la comisaria de la localidad de San Martín, luego de una discusión entre ambos dentro de una oficina. El Tribunal también dispuso que el Estado indemnice a la familia de la víctima, Oscar Ponce, por una suma cercana a las 800 mil pesos . Los magistrados aplicaron el agravante, al valorar que el oficial utilizó gas pimienta previo a disparar el arma con la se cometió el delito, y que el mismo era un eximio tirador.