04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

El fiscal Marijuán fue desplazado al frente de la UFISES | La Corte rechazó el per saltum por la adecuación de oficio de Clarín | LAN vuela más alto que la orden de desalojo en Aeroparque

 
Gils Carbó desplazó a Guillermo Marijuán de la UFISES
 
La procuradora general de la nación, Alejandra Gils Carbó, decidió desplazar del frente de la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social a Guillermo Marijuán, después de las duras declaraciones de parte del titular del órgano del Ministerio Público Fiscal. Marijuán acusó a Gils Carbó de "nombrar a cualquiera" en los cargos del MPF y de organizar concursos que no eran transparentes. Ahora, el cargo será ocupado por Gabriel De Vedia, fiscal general de la Seguridad Social. Al mismo tiempo, los 34 empleados del espacio que ocupaba el fiscal desplazado fueron pasados a planta permanente, un reclamo histórico de Marijuán, quien había reclamado su efectivización alegando que "si hiciera falta que me vaya de esta Unidad para que estos chicos sean efectivizados, yo me iría".

La Corte Suprema rechazó el pedido de per saltum del AFSCA

El Máximo Tribunal de la Nación declaró inadmisible este martes el recurso extraordinario de salto de instancia - per saltum - interpuesto por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), por el que se solicitó a la Corte Suprema que entienda en la causa "Grupo Clarín S.A. c/ Estado Nacional s/ Acción meramente declaratriva". El expediente estaba tramitando ante el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal nº1, a cargo del juez Horacio Alfonso, que dictó una medida cautelar en la que suspendió una resolución del ente estatal, por la que se dispusp la adecuación de oficio de las distintas empresas del grupo de medios. Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda sostuvieron queel recurso extraordinario presentado "carece de fundamentación autónoma", debido a que "la recurrente ha dejado de efectuar todo relato de los antecedentes fácticos y jurídicos que conforman la sustancia del litigio, omisión que incluye el contenido [fundamentos yconclusiones] de la resolución administrativa impugnada en sede judicial y el contenido de la resolución judicial recurrida por salto de instancia, que únicamente se conoce por las parciales y fragmentadas transcripciones que el apelante formula en el recurso". Por esa circunstancia, los ministros apreciaron que no podían ponderar si concurrían "las rigurosas circunstancias de excepción" para admitir el per saltum.

Rechazo al recurso contra la medida cautelar que suspendió el desalojo de LAN Argentina de Aeroparque

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “LAN Argentina S.A. –Moritan c/ ORSNA –VAN LACKE s/ medida cautelar (autónoma)”, rechazó el recurso de queja por el cual el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) solicitó que se revocara la medida cautelar que le impedía desalojar a LAN Argentina del hangar que ocupa en el aeroparque Jorge Newbery de la Ciudad de Buenos Aires. El ORSNA, por resolución 123/13 había, dado por extinguido, a partir del 1º de agosto de 2013 el contrato que vinculaba a dicha empresa con Aeropuertos Argentina 2000 y, en consecuencia, la había intimado a entregar en 10 días las instalaciones que ocupaba en el Aeroparque, bajo apercibimiento de promover el juicio de desalojo de la ley 17.091.

 



dju
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