20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Novedades en Buenos Aires

El año arranca con todo en provincia

El inicio de actividades del Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva, un nuevo trámite en los recursos extraordinarios en materia Penal y la extensión del uso del sistema de comunicaciones electrónicas a toda la Justicia bonaerense son algunas de las medidas para este 2015 que comienza.

Durante este verano y fines del año pasado, la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) dispuso una serie de resoluciones que actualizan el funcionamiento del Poder Judicial provincial, y que entran en vigencia a partir de la finalización de la feria que concluye el lunes dos de febrero. Son decisiones internas y cuestiones que fueron resueltas en el ámbito parlamentario.
 
En primer orden, la Corte bonaerense decretó que a partir del nueve de febrero próximo comenzará a funcionar el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva, para lo cual se configuró una lista para estandarizar categoría de legitimados, grupos o colectivos, materias, objeto y tipo de proceso, “que ha de ser utilizado tanto por los organismos jurisdiccionales como por el Registro”.
 
Desde el Máximo Tribunal provincial alegaron que la estandarización de los datos que componen el Registro hará que la tarea sea más sencilla y ordenada, y en este orden, sus ejecutores tendrán la facultad de requerir los datos que falten.
 
También hay cambios en torno a la presentación de recursos extraordinarios en material Penal, en orden a la sanción de la ley 14.647, que modificó el lugar y el plazo de interposición de este tipo de presentaciones previstos por el artículo 479 del Código Procesal Penal provincial. 
 
Los recursos ahora se interpondrán “ante el órgano que dictó la resolución que se pretende impugnar en un plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia. Esto implica que en el supuesto de las sentencias de juicio oral, abreviado y directísimo en materia criminal deben deducirse ante la sala pertinente del Tribunal de Casación Penal”.
 
Esta medida implica que en los casos relativos a sentencias derivadas de un juicio oral, abreviado y directísimo en materia criminal deben deducirse ante la sala pertinente del Tribunal de Casación Penal.
 
La resolución de la SCBA también indica que “en las sentencias de juicio oral, abreviado y directísimo en materia correccional, tal el caso de las impugnaciones de sentencias provenientes del juzgado o del tribunal de responsabilidad penal juvenil, debe intervenir la sala que corresponda de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial del que se trate”.
 
También, y como una medida de vital importancia para acabar con los problemas edilicios por la gran carga de expedientes (derrumbes de pisos y varios accidentes graves), la Corte bonaerense decidió extender a partir de este año el uso del sistema de comunicaciones electrónicas a toda la Justicia provincial.
 
En otra resolución, los integrantes de la Corte establecieron que “las notificaciones se lleven adelante por medios electrónicos en todas las dependencias de la Suprema Corte y juzgados y tribunales de los fueros Civil y Comercial, Contencioso Administrativo, de Familia, del Trabajo y Justicia de Paz, los cuales deberán recibir y tramitar las presentaciones electrónicas efectuadas por los organismos públicos, auxiliares de la justicia y letrados”.


dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires no pertenece más a la JUFEJUS
El dolor de ya no ser
Provincia de Buenos Aires
La batalla por la gestión de Justicia
Provincia y los traslados de los presos
¿Adónde los llevan?
Ley 12.569 de Violencia Familiar
El fuero de Familia es lo primero

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486