Se trata de la segunda decisión importante de la Corte Suprema, en menos de una semana, que afecta la forma en que los estados sentencian a las personas a muerte. La semana pasada los magistrados votaron 6 contra 3 a favor de declarar que no pueden ser ejecutadas las personas con retraso mental.
Es importante destacar que en ninguno de estos casos, la Corte puso en duda la constitucionalidad de la pena capital como tal.
El fallo de hoy se basó en la cláusula de la Constitución según la cual uno tiene derecho a ser juzgado por un jurado compuesto por sus pares.
Sin embargo, en algunos estados los jurados se limita a declarar si el acusado es culpable o inocente y el juez es el que fija la pena, en base a las circunstancias del caso, por ejemplo tomando en cuenta la crueldad con que se cometió el crimen o si se trató de un delito por dinero.