20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Córdoba aprobó su lista de conjueces

El STJ provincial dispuso integrar el cuerpo con subrogancias para cuando tenga que funcionar en plenario. Se trata de camaristas de los fueros Criminal, Civil y Comercial y del Trabajo. También hay del fuero Contencioso Administrativo, aunque los vocales reconocieron que su nómina se vio reducida en virtud de la  Ley de Amparo local.

El Máximo Tribunal de Justicia de Córdoba designó una nueva lista de conjueces y para ello dictó el Acuerdo Reglamentario N° 1277 - Serie “A”, por el cual modificó la redacción de Acuerdo Reglamentario N° 721 - Serie “A” de 2004, por el cuál se establecía una lista de conjueces para actuar en los plenarios del Cuerpo.

El acuerdo, publicado este lunes en el Boletín Oficial, refiere que cambio se debe a que el anterior acuerdo integraba al Alto Cuerpo a los fines de su actuación plenaria en la tramitación y resolución de las causas previstas en el art. 165 de la Constitución Provincial "y toda otra cuestión jurisdiccional que requiera su actuación en pleno, en el número que resulte necesario, con los señores Vocales de las Cámaras Contencioso Administrativas de Primera y Segunda Nominación que allí se consigna".

Los vocales Domingo Juan Sesín, Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc G. de Arabel, Carlos Francisco García Allocco, y Sebastián Cruz López Peña, que firmaron la resolución, reconocieron que "el transcurso del tiempo y la necesaria movilidad que en la integración de los Tribunales de grado ello ocasiona trae aparejada la necesidad de ampliar los alcances del citado Acuerdo", y que había una nueva razón para introducirle modificaciones al mismo: la reciente reforma de la Ley N° 4.915 de amparo provincial.

La ley, mediante la incorporación del nominado artículo 4 bis asigna competencia para conocer de la acción de amparo interpuesta en contra de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de la Provincia de Córdoba, sus entidades autárquicas o descentralizadas, empresas del Estado, Sociedades del Estado y Sociedades de Economía Mixta, en la Capital de la Provincia, a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que esté de turno. Para los miembros del TSJ "ello ocasiona que los integrantes de las mencionadas cámaras contencioso administrativas se vean impedidos de integrar el Tribunal Superior de Justicia cuando se trate de causas en las que hubieren intervenido en su función natural".

Esa circunstancia, dice el acuerdo, "reduce las posibilidades de sustitución o integración del Alto Cuerpo por la vía señalada", no obstante, señala que "las razones de rápida tramitación y resolución de las causas impuestas a este Tribunal, invocadas en oportunidad del dictado del Acuerdo mencionado, se mantienen y adquieren especial relieve en años como el corriente en que se desarrollan procesos electorales".

Por lo que el Máximo Tribunal provincial decidió ampliar la nómina de conjueces, agregando magistrados de Cámara de los fueros Criminal, Civil y Comercial y del Trabajo. La lista se conforma de los vocales de Cámara lar Herminia del Valle Suárez Ábalos de López y Ángel Antonio Gútiez (Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación), Humberto Rodolfo Sánchez Gavier (Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación), Silvana María Chiapero de Bas y Mario Raúl Lescano (Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación), Guillermo Eduardo Barrera Butteler (Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercero Nominación), Silvia Beatriz Palacio de Caeiro (Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Sexta Nominación), Jorge Miguel Flores (Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Séptima Nominación), Alejandro Guillermo Weiss (Cámara en lo Criminal de Tercera Nominación), Daniel Ernesto Ferrer Vieyra y Graciela María Isabel Bodoy de Pizzicari (Cámara en lo Criminal de Undécima Nominación), Alcides Segundo Ferreyra (Sala Quinta de la Cámara del Trabajo), Carlos Alberto Tamantini (Sala Tercera de la Cámara del Trabajo), Hugo Bernardo Razquin (Sala Octava de la Cámara del Trabajo); Huber Oscar Alberti y Carlos Alberto Toselli (Sala Décima de la Cámara del Trabajo)”.



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