18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Los pliegos y licitaciones no aguardan la feria

La Comisión de Administración y Financiera avanzó sobre la necesidad de provisión de insumos y, por otro lado, debatieron la contratación directa de un inmueble para la sede de los Tribunales Federales de Jujuy.

En la anteúltima reunión antes de la feria judicial, los consejeros aprobaron una serie de reparaciones integrales de diversos tribunales y dependencias del Poder Judicial. Respecto a la necesidad de provisión de insumos, el consejero-diputado Héctor Recalde solicitó la postergación del tratamiento. “Los expedientes para el abastecimiento de insumos ascienden a los 50 millones de pesos, por este motivo me gustaría conocer los detalles, por ejemplo en qué se emplean”.

Por otro lado, se aprobó la necesidad de contratar los trabajos -con inclusión de materiales y mano de obra- de reparación integral de cubiertas y cerramientos en el edificio sito en la calle n° 10, n° 1215 entre 57 y 58, La Plata, Provincia de Buenos Aires, para alojar las dependencias de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N° 1 de La Plata.

Asimismo, los consejeros dieron visto bueno a los pliegos de locaciones de un inmueble con destino al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa, provincia de La Pampa, por el término de 36 meses y, de igual forma, aprobaron el alquiler de inmueble destinado a la Cámara Federal de Apelaciones de Salta para albergar una Secretaría Previsional, una Sala Gesell y un sector de archivos.

En otro orden de temas, la Comisión pasó al tratamiento del expediente n ° 13-17345/14, destinado a la “autorización a contratar en forma directa la locación por el término de tres años del inmueble sito en la calle Sdor. Pérez n° 182 de la Cdad. de Jujuy, Pcia. homónima, para sede de los Tribunales Federales de Jujuy”. El Secretario Juan Carlos Cubría explicó: “Hay dos edificios donde se solicita la desafectación, en uno vence el contrato y el otro está en pésimas condiciones. El inmueble de la propuesta ya lo quisimos comprar y es el único disponible”.

La discusión se centró en la formalidad respecto a la contratación directa, ya que no existe fracaso anterior, sino una situación de “emergencia”. El representante de los jueces del Poder Judicial de la Nación, Luis María Cabral aseveró que “hay un trámite para los casos de contratación directa” y cuestionó la normativa que se invocaba.

Respecto a la contratación directa, el reglamento establece que “si resultare desierto o fracasado el procedimiento originariamente seguido para la locación, se podrá recurrir al procedimiento de contratación directa. En tales supuestos, con carácter previo a la celebración del contrato, deberán requerirse los informes de la Dirección General de Infraestructura Judicial y de la Dirección Pericial del Poder Judicial de la Nación o, en su defecto, del perito oficial que corresponda, de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 11 del presente. Asimismo, las condiciones contractuales deberán también sujetarse, en lo pertinente, a las disposiciones contenidas en este Reglamento”.

Sin embargo el artículo 17 dispone que “la Administración General, previa intervención de la Comité de Inversiones en Infraestructura y Alquileres, podrá exceptuar de los requisitos contenidos en la presente reglamentación, al trámite y celebración de un contrato de locación, cuando fundadas razones de servicio determinen la conveniencia de apartarse de esas prescripciones”.



dju
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