El Poder Judicial cordobés publicó un relevamiento de los casos resueltos por Tribunales integrados por jurados populares desde la instauración del instituto, hace diez años. En total, se dictaron 340 sentencias desde 2005.
La instauración del sistema de enjuiciamiento por jurados fue toda una novedad en 2005, cuando Córdoba se consagró como la primera provincia en adoptar esa modalidad, al sancionar la Ley n° 9182
En 2015 se cumplen 10 años de su inauguración, y para analizar su avance, el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) elaboró el informe estadístico titulado “Jurados Populares en la provincia de Córdoba”, un estudio sobre las sentencias dictadas en estos diez años por Tribunales integrados por jurados populares.
El documento da cuenta de que, de 2005 a 2014, se han dictado 340 sentencias bajo la nueva modalidad, que ha tenido un sostenido avance si se tiene en cuenta de que el primer año se dictaron 2 sentencias por medio de juicios por jurados (un 0.2% del total sobre el total sentencias de Cámara), y en 2014 el número se elevó a 38 (el 2,3% del total), teniendo también presente que en 2013 hubo un pico de 46 sentencias que equivalieron al 7,1% del total de sentencias dictadas y en 2006, un año después de la instauración, se dictaron 24 sentencias, doce veces más que en el primer año.
El informe también indica que en el año 2005 se realizaron 9 debates con participación de jurados populares sobre un total de 936, lo que significó el 1% de los casos, mientras que en 2014 se realizaron 38 (el 2% del total), en 2010, el año de mayor efectividad del instituto, se realizaron 69 debates con jurados sobre un total de 787, lo que significó un 9% de los casos.
En cuanto al resultado de los fallos, de las 340 sentencias hubo 46 absolutorias y 394 condenatorias. En números: el 14% de los casos resultaron en absolución mientras que en el 86% hubo condenas. Si quitamos el primer año, donde los dos procesos culminaron con condenas (el 100% de los casos) la mayor diferencia porcentual se dio en dos años seguidos, 2011 y 2012, donde el 93% de los fallos fueron condenatorios. En 2011, de un total de 43 casos, hubo 40 condenas y 3 absoluciones y en 2012, de un total de 41, 38 y 6, respectivamente. El mejor año para los absueltos fue 2008, donde sobre un total de 40 casos, 11 terminaron en absolución (un 29% del total)
La norma legal dispone que los delitos económicos, los hechos de corrupción y los “crímenes aberrantes" deberán ser juzgados por un tribunal compuesto por jurados populares. En cuanto al tipo de delitos, en el último año primaron los casos de homicidios agravados(22 sentencias, un 58% de los casos), seguidos por los homicidios con motivo en ocasión de robo ( 7 sentencias, un 19% del total) igual porcentaje de sentencias por delito de tentativa de homicidio, y por último, dos sentencias por Delitos del Fuero Penal Económicos y Corrupción Administrativa.
Esa tendencia fue la que se mantuvo a lo largo de estos años, donde los juicios por homicidio agravado llevan la delantera, y muy por atrás siguen los homicidios en ocasión de robo. En la linea histórica, hay una paridad entre los casos de tentativa de homicidio y delitos económicos, y muy por detrás los delitos otra la integridad sexual seguida de muerte, donde hubo sólo 2 sentencias.