28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Profesional del Derecho y del delito

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó una condena a siete años de prisión de un abogado al que se le comprobaron múltiples estafas a sus clientes. Algunas de las maniobras fueron cobrar indemnizaciones con poderes falsos y cobrar dinero para la cancelación judicial de una hipoteca que finalmente nunca se pagó.

En uno de los últimos fallos de 2015, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó una condena siete años de prisión a un abogado más una inhabilitación especial de otros siete años para ejercer la profesión.

Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani, rechazaron el recurso de casación interpuesto por la defensa del abogado en los autos “S.E.E. s/ recurso de casación” y de esa manera dejaron firma la sentencia condenatoria que halló responsable al letrado de 18 delitos.

E que se encontraron la defraudación por administración fraudulenta, reiterado en doce oportunidades, estafa procesal, en concurso ideal con uso de documento público falso, reiterado en dos hechos, estafa en concurso ideal con uso de documento público falso, reiterado en dos hechos, estafa procesal en grado de tentativa en concurso ideal con uso de documento privado falso, reiterado en dos hechos.

En líneas generales, se aprovechaba de su condición de abogado y engañaba a sus clientes, tomaba casos, iniciaba los juicios y luego cobraba las indemnizaciones sin avisarle a sus clientes, pedía dinero de más para el pago de la tasa de Justicia y se quedaba con el resto.

 En una oportunidad, en un juicio de ejecución hipotecaria, el letrado convenció a su cliente de que no cancele los pagos en el banco sino que se los de a él, bajo el pretexto de que iba a depositar el dinero en el juzgado. Por supuesto, ese dinero nunca se dejó en el expediente. Otro de los delitos que le comprobaron fue una estafa procesal, ya que en una quiebra utilizó una escritura de cesión de derechos falsificada para cobrar dinero de una realización de bienes.

Los camaristas señalaron que estaba probado a lo largo de todo el expediente el modus operandi del condenado. “Captaba a sus víctimas que acudían a sus servicios motivados por un deuda económica y, mediante engaños, lograba que le entregaran dinero que luego retenía para sí, sin imputarlos al a la cancelación de la deuda, generando un perjuicio a los intereses de sus clientes que le habían sido confiados para su representación y defensa”, concluyeron

La Casación juzgó que el condenado “actuó en abuso de su profesión de abogado, en forma dolosa, en perjuicio de los intereses de sus clientes los cuales debía proteger y cuidar conforme su deber profesional y, asimismo, que este incumplimiento en sus deberes estuvo motivado en su exclusivo beneficio personal”.

"Esta relación directa entre su profesión de abogado como medio para cometer los delitos es la que justifica la imposición de la pena de inhabilitación", sentenció la Alzada.

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