El titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, Adrián González Charvay, envió una nota al Consejo de la Magistratura de la Nación describiendo la grave situación que atraviesa la dependencia. "Dada su antigüedad, precariedad y mala distribución, resulta ser inapropiado para las básicas exigencias de la oficina judicial”, destacó.
En la última reunión del Plenario del Consejo de la Magistratura, el presidente del Cuerpo, Miguel Piedecasas, informó sobre la “crítica” situación que atraviesa el Juzgado Federal de Campana a raíz de una nota enviada por el juez federal Adrián González Charvay, mediante la cual explicó las dificultades que afronta la dependencia.
En su escrito, el titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Campana “puso en conocimiento la situación del edificio ubicado en la calle 25 de Mayo N° 483 de la localidad de Campana, Provincia de Buenos Aires”.
El inmueble es sede del Juzgado Federal desde el año 1999, fecha en la que se celebró el primer contrato de locación, prorrogado en diferentes oportunidades hasta la actualidad. Además, el Juzgado cuenta con un predio propio en la calle San Martín N° 177 de la ciudad, donde el Poder Judicial construiría el nuevo edificio. Sin embargo, la obra se encuentra suspendida.
Ante el informe del magistrado, el Pleno destacó que “en 2008 se adquirió una estructura de hormigón. No obstante, la obra actualmente se encuentra paralizada y, en consecuencia, hay que buscarle una solución alternativa”. Frente a la imposibilidad de continuar alquilando el edificio de la calle 25 de Mayo, el juez destacó que “dada su antigüedad, precariedad y mala distribución, resulta ser inapropiado para las básicas exigencias de la oficina judicial”.
Puntualmente, el juez federal informó que “el inmueble que hasta ahora se alquila, donde funciona el juzgado no reune las características requeridas por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, lo cual ha sido señalado en las inspecciones realizadas oportunamente”. De igual forma, la Intendencia de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín indicó “no sólo que es un edificio que no respeta las exigen las de las ART y SRT, sino que además resulta imposible realizar su adecuación a fin de cumplir las normas vigentes”.
Al enumerar los problemas centrales, el magistrado destacó que “carece de alcaidía, razón por la cual los detenidos deben permanecer en el camión de traslado o vehículo policial en el jardín del edificio jornadas de varias horas mientras se llevan a cabo diligencias judiciales y/o múltiples indagatorias”. Y añadió: “En épocas de bajas o altas temperaturas, tal precaria modalidad de alojamiento no se encuentra lejos de condiciones irregulares”.
Asimismo, el edificio no posee sala de audiencias, sin embargo, tampoco cuenta con espacios donde acondicionarla, por lo que se utiliza el despacho del juez. En su relato, el magistrado manifestó que “en ocasiones el público asistente ha debido presenciar el desenvolvimiento del debate desde un pasillo contiguo o a través de la ventana (…) las actuales instalaciones usualmente no permiten satisfacer adecuadamente garantía de publicidad de los debates”.
La sede tampoco cuenta con un lugar adecuado para el archivo de expedientes. Actualmente, el Juzgado utiliza dos containers ubicados en el jardín, que ya se encuentran al límite de su capacidad. “Las distensiones y distribución de los distintos espacios resultan a todas luces insuficientes para el adecuado y normal desenvolvimiento de las tareas a cargo de los empleados. Algunos funcionarios deben compartir oficinas de escasas dimensiones que dificultan el desarrollo de sus funciones jerárquicas”.
Dada la distribución de espacios, el ingreso y egreso de los detenidos se realiza mediante el acceso de la cocina y pasillo del área civil, provocando “tensiones inapropiadas al normal desenvolvimiento de las secretarías civiles”.
A pesar de las refacciones, el magistrado subrayó que “aún persisten las filtraciones en ocasiones de lluvias, humedad de cimientos y desborde de agua de la tapa de cloaca situada en el ámbito de la Secretaria Penal N°3 y del desagüe pluvial sito en la mesa de entradas de la Secretaria Civil Nº1”.
Sobre accesibilidad del espacio público, el informe señaló que “el edificio no es apto para el acceso y/o permanencia para personas con movilidad reducida o algún tipo de discapacidad”, infringiendo la Ley de Accesibilidad de personas con movilidad reducida (24.314).
“Dificulta en reiteradas ocasiones practicar normalmente diligencias judiciales tanto en el área penal como en el área civil. Por ejemplo en el ámbito penal, la convocatoria a prestar declaración indagatoria y demás diligencias judiciales de un detenido discapacitado que se movilizaba en una silla de ruedas, a quien no se lo puedo ingresar a la Secretaria; desarrollándose los actos procesales tanto en el ámbito de la mesa de entradas como en el estacionamiento/jardín de este juzgado”, indicó.
Asimismo, el titular del Juzgado especificó que “en el área civil, es frecuente que las secretarias deban salir del edificio y acercarse a la vereda con el fin de certificar las firmas de personas de avanzada edad en el marco de las cartas poder solicitadas para trámites de la Anses; por cuanto las mismas no pueden ingresar al juzgado por ausencia de rampas y pasamanos”.
En cuanto a la situación laboral, el documento atestiguó: “La mesa de entradas de todas las Secretarias -ubicadas en un patio central con cerramiento de techo de chapa- no cuentan con refrigeración o calefacción general, situación que en muy altas y bajas temperaturas dificulta el desarrollo de las tareas del personal de mesa de entradas, colegas que litigan ante esta sede y el público en general”.
El Juzgado ha recibido reiteradas quejas de abogados y de la Unión de Empleados del Poder Judicial de la Nación (UEJN). “Condiciones deplorables del baño externo destinado al use de detenido y público en general; como así también los servicios sanitarios utilizados por el personal del juzgado no cumplen con las mínimas condiciones”, añadió.
Por su parte, el Cuerpo de Tasadores Oficiales sostuvo que "(…) la construcción en general es muy antigua y se encuentra en muy mal estado, tanto así que si se manejara como variable la compra del inmueble, solo se tendría en cuenta el terreno, puesto que la construcción se consideraría a demoler (…)”.
En definitiva, el juez concluyó que “las circunstancias descriptas evidencian la ausencia de mínimas condiciones de funcionalidad y seguridad de las instalaciones actuales”, y agregó: “No habría inmuebles en el casco urbano de la ciudad, acordes a las exigencias de esta oficina judicial”.