La titular del juzgado N° 16 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Claudia Alvaro, resolvió “ordenar la clausura/bloqueo preventivo en los términos del art. 29 de la ley 12, de la página web y las plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece la empresa Uber”. De esta manera, la medida estará limitada “al estricto ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; hasta tanto la empresa se adecúe a la normativa”. Así, la magistrada libró los oficios correspondientes al Ente Nacional de Comunicaciones para que “arbitre las medidas necesarias para que sea ejecutada por los prestadores que brindan el servicio a Internet, incluyendo a los prestadores de servicios de telefonía móvil". Según la resolución, "los usuarios de la firma se encuentran desprotegidos por cuanto estarían contratando con un servicio de transporte de pasajeros que no se encuentra habilitado, cuyo conductor no posee licencia de conductor profesional y que no cuenta con un seguro acorde a la actividad”.