Mediante el Acuerdo General Nº 09/16, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió "establecer que todo Magistrado y Funcionario designado a partir de la fecha del presente Acuerdo deberá acompañar declaración jurada patrimonial en el primer acto de presentación de toda la documentación exigida para el cargo, y con anterioridad a la toma de posesión, dándose intervención a la Contaduría General, a sus efectos". Además, los ministros recordaron a "los magistrados y funcionarios que se desempeñan en el Poder Judicial, que de acuerdo a la legislación y reglamentación vigente, deberán presentar y actualizar periódicamente la Declaración Jurada Patrimonial, cuya omisión constituye falta grave".