20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Juicios por jurados 3.0

La Suprema Corte bonaerense oficializó el sistema informático "Jurados" y estableció la obligatoriedad de su uso por parte de los Tribunales en lo Criminal que deban sustanciar juicios por jurados. Los detalles de la medida.

 

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires resolvió oficializar el Sistema "Jurados" disponible en el sitio http://jurados.scba.gov.ar/  y establecer la obligatoriedad de su uso por parte de los Tribunales en lo Criminal que deban sustanciar juicios por jurados.

La medida se concretó en consideración de la Ley 14.543 que incorpora la modalidad de Juicios por Jurados dentro del proceso penal, y los avances informados por las áreas pertinentes en el marco del Programa de Implementación de la misma, al que alude la Resolución de Presidente Nª 25/14. Y su vez, se sustanció por el Acuerdo 3729 que reglamenta el procedimiento a seguir para las causas elevadas a juicios por jurado, respecto a la designación del juez que presidirá el Tribunal de Jurados, la fijación de la fecha de debate, el sorteo de candidatos y sus notificaciones respectivas, la registración del resultado de la Audiencia de Selección de Jurados, el sorteo de los jurados titulares y suplentes.

Las tareas serán:

_Registración de la fecha fijada para la Audiencia

_Sorteo de Candidatos a Jurado

_Emisión de Cédulas de Notificación, Citación a Juicio y Planillas de Remisión

_Registro de Resultados de las Notificaciones

_Sorteo de Candidatos Adicionales

_Registro de Asistencia y Resultado de la Audiencia de Selección de Jurados

_Sorteo de Jurados titulares y suplentes

_Registro de la Finalización del Juicio y Actuación de los Jurados

_Emisión de Certificaciones

Los integrantes de la Corte expresaron que el sistema informático Jurados "ha cubierto de manera efectiva las necesidades iniciales y las que fueron surgiendo como fruto de la realización de los primeros Juicios realizados en el ámbito de la Provincia, para lo cual se adaptaron las funcionalidades existentes y se incorporaron nuevas para cumplir con el objetivo para el que fue concebido".

La Provincia de Buenos Aires es una de las pocas, junto a Córdoba y Neuquén, que lleva a cabo ese tipo de procesos. El juicio por jurados en territorio bonaerense es opcional ya que la elección está en manos del acusado y su defensa, y para elegir a los jurados se elabora un pequeño padrón en base a un sorteo. Para el día del juicio son citados 48 ciudadanos (24 mujeres y 24 hombres) de entre 21 y 75 años. 

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486