Sucede que un gran sector del justicialismo, encabezado por el menemismo, pero
también seguido por los partidarios de Rodríguez Saá, junto con el radicalismo,
amenazó ayer con pelear en el Congreso y en la justicia para rechazar la reciente
reglamentación electoral dispuesta por el Gobierno.
En rigor, algunos hicieron más que amenazar. Tal es el caso de un grupo de
partidarios del ex presidente Carlos Menem, entre ellos diputados e integrantes
de su comité de campaña, presentaron ante la Justicia Electoral una acción de
amparo con el fin de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 1397/02
del Poder Ejecutivo que dispuso que con vistas a las próximas elecciones se
celebren internas abiertas.
Es que, según una interpretación que fue cobrando fuerza en las últimas horas,
el problema está planteado en que si las internas partidarias son obligatorias
y abiertas y, simultáneamente, no hay obligación de hacerlas en los partidos
con lista única, tal como lo prescribe el decreto 1397, los afiliados de éstos
últimos pueden volcarse a definir el candidato de otro partido, votando en su
interna, dado que los padrones que se utilizarán no permiten saber quienes son
afiliados o independientes.
Por eso, desde la Casa Rosada no descartaban eventuales cambios en los decretos
que disponen el mecanismo de las elecciones internas abiertas partidarias del
24 de noviembre próximo.
Mientras tanto, legisladores que responden a los sectores que rechazan la nueva
normativa electoral adelantaron ayer que insistirán con la redacción original
del artículo 29 bis de la ley 23.298, incorporado por la reciente ley 25.611,
cuyo texto establece lo siguiente, (en negrita se destaca la parte vetada por
el Poder Ejecutivo):
"En los partidos políticos o alianzas electorales nacionales la elección
de los candidatos a presidente y vicepresidente, así como la de los candidatos
a senadores y diputados nacionales se realizarán a través de internas abiertas.
La fecha de la elección deberá ser comunicada por el juzgado federal con
competencia electoral de cada distrito.
La campaña electoral para la elección interna abierta podrá iniciarse treinta
(30) días antes y deberá finalizar cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha
fijada para la elección.
La emisión, en medios televisivos, de espacios de publicidad destinados a captar
el sufragio se limitará a los diez (10) días previos a la fecha fijada para
la elección.
El juzgado federal con competencia electoral de cada distrito confeccionará
y entregará a los partidos políticos o alianzas el padrón que se utilizará en
la elección el que incluirá, para cada caso, a los afiliados del partido
o de los partidos miembros de la alianza y a los ciudadanos que no tengan afiliación
partidaria.
El voto será secreto y no obligatorio. Los ciudadanos podrán votar en la elección
interna abierta de sólo un partido o alianza. La emisión del voto se registrará
en el documento cívico utilizado, mediante la utilización de un sello uniforme
cuyo modelo será determinado por la Cámara Nacional Electoral.
La elección de los candidatos a presidente y vicepresidente se hará por fórmula
y será proclamada la candidatura de la fórmula presidencial que haya obtenido
la mayoría simple de votos afirmativos válidos emitidos.
La proclamación de los candidatos a senadores y diputados nacionales se realizará
conforme al sistema electoral adoptado por cada partido o alianza."
En síntesis, lo que buscan es que el padrón que se utilice en las elecciones
internas de cada partido incluya sólo a sus afiliados y a los ciudadanos independientes.
El objetivo es impedir que los afiliados a un partido puedan votar en la elección
de otra fuerza.
También se quejan de que los partidos que sólo tengan un candidato no estén
obligados a participar de las elecciones internas abiertas y simultáneas, tal
como lo había pedido Elisa Carrió, de ARI.