Casación Penal confirmó la condena de un hombre que lesionó y amenazó a su pareja mientras gozaba de salidas transitorias. Los jueces sostuvieron que "el proceder del causante revela una concepción del género femenino al que, lejos de respetar reconociéndole autonomía y libertad para construir las relaciones interpersonales que desee, la objetiviza, la agrede y la reduce a un estado semejante al de una posesión".
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, presidida por la doctora Ana María Figueroa e integrada por Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos como vocales, en el marco de la causa Nº CCC 1813/2014/PL1/CFC2 de su registro, confirmó la sentencia dictada por el magistrado a cargo del Juzgado Correccional Nº 5 que había condenado a Ariel Esteban Esteche a un año y tres meses de prisión por encontrarlo autor del delito de amenazas agravadas por el uso de armas, lesiones agravadas por el vínculo y resistencia a la autoridad. También se confirmó la sanción única de seis años de prisión comprensiva de una condena anterior.
Los integrantes del Tribunal expresaron que "el proceder del causante revela una concepción del género femenino al que, lejos de respetar reconociéndole autonomía y libertad para construir las relaciones interpersonales que desee, la objetiviza, la agrede y la reduce a un estado semejante al de una posesión".
Dicha actitud, "constituye claramente, violencia de género, la que ha sido especialmente tratada en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém Do Para), que se concreta mediante cualquier conducta basada en su género que ocasione, daño, muerte, sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer en el ámbito público como privado".
Los magistrados puntualizaron que los hechos que son objeto de acusación en estos autos "se vinculan íntimamente con una de las temáticas más preocupantes del universo de los derechos humanos, cual es la violencia de género. "Violencia que del análisis de la cultura androcéntrica impone que deban tomarse las medidas judiciales adecuadas para evitar esos delitos", agregaron.
Los jueces afirmaron que "se ha tomado consciencia de la discriminación que sufren las mujeres, se pretende reparar, centrando todos los esfuerzos para modificar los patrones socioculturales, para obtener la igualdad de sexos". Por ello, "no es suficiente con la condena pública, no debe admitirse que se invoquen costumbres, tradiciones, ideologías discriminatorias o patrones culturales, es necesario que se adopten medidas efectivas desde la comunidad internacional y los Estados, desde todos los poderes públicos, correspondiendo penalización para quiénes no las cumplen, señalando como en el caso en análisis la conducta violenta del imputado". Por todo lo expuesto, resolvieron rechazar el recurso de casación deducido.