21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Menos Ganancias para los jueces

Se trata de un proyecto de ley para que los magistrados, funcionarios y empleados judiciales queden sujetos al gravamen que establece la Ley de Impuesto a las Ganancias. La iniciativa también comprende a todos los haberes jubilatorios y pensiones que perciban dichos funcionarios.

Las diputadas nacionales por el Frente para la Victoria (FpV) Nilda Garré y Cristina Álvarez Rodríguez presentaron un proyecto para que los jueces dejen de estar exentos del pago del Impuesto a las Ganancias.

La iniciativa tiene por objeto que “las ganancias obtenidas por los magistrados, funcionarios y empleados judiciales y del Ministerio Público nacional, provincial y de la Ciudad y municipales; así como los miembros del Consejo de la Magistratura, vocales de Tribunales de Cuentas, miembros de Tribunales Fiscales nacionales, provinciales y de la Ciudad, queden sujetas al gravamen que establece la Ley de Impuesto a las Ganancias (20628) y sus modificatorias”.

De este modo, el proyecto comprende en el gravamen aludido “todos los haberes jubilatorios y pensiones que perciban los funcionarios mencionados en la presente norma”.

Según sus fundamentos, “viene a propiciar la igualdad entre los jueces, fiscales y otros funcionarios que hoy no tributan el impuesto a las ganancias como el resto de los ciudadanos, haciendo justicia y respetando el principio de igualdad en las cargas tributarias que emana del artículo 16 de la Constitución Nacional”.

La iniciativa pone nuevamente en discusión el pago de Ganancias. Recientemente, el presidente del Alto Tribunal, Ricardo Lorenzetti manifestó que “en la Corte están todos a favor de que los magistrados sean más exentos de pagar el tributo más debatido de la Argentina”.

En declaraciones radiales, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, expresó que "los jueces tienen que pagar, ya que eso los pone en una situación de igualdad con todos nosotros que pagamos ese impuesto", y agregó: "Aunque ojalá que nadie lo debiera pagar".

Las legisladoras explicaron que “el Máximo Tribunal pareciera desconocer las facultades que la Constitución Nacional expresamente reserva para el establecimiento de tributos (…) el Congreso de la Nación cuenta con prerrogativas constitucionales para disponerla imposición de un impuesto, siempre que ésta sea creado por ley y respete los principios de legalidad, generalidad, no confiscatoriedad, proporcionalidad, igualdad, equidad, y razonabilidad”.

“Resulta exagerado considerar que el gravar el ingreso de este universo de funcionarios con un impuesto que afrontan los demás habitantes del país importa en sí mismo afectar el principio de intangibilidad, ya que lo que protege este principio es que la remuneración de los jueces quede resguardada ante un eventual ataque financiero de los poderes políticos, que claramente no es lo que se hizo al sancionar la ley 24.631 ni lo que se pretende mediante este proyecto”.

En este sentido, las diputadas recordaron el informe elaborado por el Centro de Economía Regional y Experimental (CERX) sobre el costo fiscal de la exención de los jueces y empleados judiciales en Ganancias. En 2011, fue de "1029 millones de pesos; para el año en 2012, de 1363 millones; para el año 2013, de 1826 millones; para el año 2014, de 2747 millones; para el año 2015 de 4121 millones y este año alcanzaría la suma de 5151 millones de pesos”.

“A ese monto, además, debería agregarse aquello que se deja de percibir por los beneficios que hoy gozar los miembros del Consejo de la Magistratura, los vocales de Tribunales de Cuentas, los miembros de Tribunales Fiscales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, concluyó la propuesta.

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486