20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Habeas ANSES

La Jefatura de Gabinete suscribió un convenio con ANSES para acceder a la base de datos del organismo previsional y estalló la polémica. Desde el Gobierno señalan que es para “estrategias de comunicación” y que no se usará información “sensible” pero desde la oposición denuncian que viola la Ley de Habeas Data. Un grupo de legisladores ya inició una presentación judicial. 

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

Una resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros publicada esta semana encendió un debate sobre la información del Estado en las vidas de las personas y denuncias de totalitarismo. La cartera que encabeza Marcos Peña aprobó un Convenio Marco de cooperación entre la ANSES y la Secretaría de Comunicación Pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete. El objeto del convenio: el intercambio de datos de las bases de cada uno de los organismos.

Según la Resolución 166 - E/2016, suscripta por Peña, pone de resalto las funciones de la Secretaría de Comunicación Pública, la que mediante sus unidades orgánicas, “debe mantener informada a la población a través de diversas modalidades, que incluyen desde las redes sociales y otros medios de comunicación electrónicos, hasta el llamado telefónico o la conversación persona a persona, de forma de lograr con los ciudadanos un contacto individual e instantáneo”.

Ese norte es el que persigue, de acuerdo con la resolución, el Convenio, cuyo anexo publica Diario Judicial. La Jefatura de Gabinete se esfuerza en aclarar que el texto se adecúa a los principios sentados en la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales – o Hábeas Data- en tanto el inciso 3°, apartado “C”, en su artículo 11, “específicamente establece que en el caso que la cesión de datos se realice entre dependencias de los órganos del Estado en forma directa y en cumplimiento de sus específicas competencias no se requerirá el consentimiento previo del titular de los mismos”.

“Los datos a intercambiar se encuentran regulados y resguardados por la Ley N° 25.326 y su Decreto Reglamentario N° 1.558/2001, no tratándose la información a transferir en ningún caso de datos clasificados como ‘datos sensibles’” detalla el texto, publicado el último Lunes en el Boletín Oficial.

Los puntos centrales del Convenio

Diario judicial analizó el anexo al Convenio, cuyo objeto es crear el “marco técnico jurídico" para el intercambio de información entre las partes, contenidas en sus bases de datos. En su objeto, nuevamente, las partes se encargan de poner de resalto que la información obtenida estará destinada “a informar a la población” y para “identificar y analizar las problemáticas o temáticas de interés de cada localidad que permita incorporar la diversidad federal en la comunicación pública”.

Los datos que ANSES remitirá a la Jefatura de Gabinete información como el nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, CUT/CUIL, domicilio, teléfonos, correo electrónico, estado civil y estudios. Los datos serán transferidos por medio de un sistema denominado de “Transferencia, Almacenamiento y Control de Información” (SITACI).

Los “cuidados” en relación a las disposiciones de la Ley de Habeas data son un tema recurrente a lo largo de todo el texto del Convenio. La cláusula octava impone a las partes el deber de confidencialidad de toda la información a la que accedan como consecuencia del Convenio, y los obliga a utilizar la información de acuerdo a los objetivos del mismo. Además, hace hincapié en que cualquier incumplimiento de la misma “será considerado falta grave” y facultará a la ANSES a denunciar el Convenio, sin perjuicio de las penales que las conductas podrían acarrear.

Las partes también se comprometen, de acuerdo con el anexo, a “garantizar la seguridad de los datos adoptando todas las medidas técnicas y organizativas tendientes a prevenir la adulteración, pérdida, consulta, o tratamiento no autorizado de los mismos”. Además, la cláusula decimotercera impone que las partes responderán como por cualquier vulneración al deber de confidencialidad que implique la difusión de datos.

En ese sentido, el convenio fija la responsabilidad civil de las partes, al señalar que serán responsables “por los daños y perjuicios y de las responsabilidades administrativas” previstas en la Ley de Habeas Data y su Decreto Reglamentario. Responsabilidades que se generen “por el repudio injustificado de la información suministrada y/o el desconocimiento de las firmas electrónicas del personal autorizado a tales fines.

Qué dice la Ley de Habeas Data al respecto

El Convenio hace foco en un artículo central de la Ley de Habeas Data, que es el 11, y que versa sobre la cesión de los datos.

La norma establece que los datos personales objeto de tratamiento en la Ley “sólo pueden ser cedidos para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con el interés legítimo del cedente y del cesionario y con el previo consentimiento del titular de los datos, al que se le debe informar sobre la finalidad de la cesión e identificar al cesionario o los elementos que permitan hacerlo”.

El inciso 3, citado por ANSES y la Jefatura de Gabinete, fija las excepciones a la exigencia de prestar consentimiento, y es cuando la cesión de datos “Se realice entre dependencias de los órganos del Estado en forma directa, en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias”. De esta última expresión es de dónde se justifica el intercambio de datos.

Impacto político y judicial

Desde el gobierno se trató de desdramatizar el asunto y hacer foco en que se trata de una forma de comunicar mejor las políticas públicas. Hernán Iglesias Illa, coordinador de políticas públicas de Jefatura de Gabinete, sostuvo en una entrevista que “la Secretaría de Medios necesita esos datos para hacer el bien”, ya que con ello “se puede tener una conversación con los ciudadanos". El funcionario resaltó que el uso de los datos "no es una violación de derechos”, sino que hay que tener en cuenta para qué se usan, y en ese sentido, reconoció que sería delito si se usaran “para hacer proselitismo”.

Emilio Basavilbaso, titular de ANSES, continuó por la misma senda al declarar ante el portal Infobae que no se utilizarán “datos confidenciales de las personas”. El director del organismo previsional aclaró que ANSES “no va a utilizar datos económicos” y explicó que la información “se utilizará sólo para datos de contactos, y no para datos confidenciales como información fiscal, de aportes a la seguridad social de las personas o económicos”.

“Este acuerdo marco respeta la Ley de Habeas Corpus (sic), inclusive, en el convenio en ningún caso se habla de información confidencial que se pueda compartir”. Basavilbaso detalló, por ejemplo, que los datos se pueden utilizar para agregar beneficiarios al programa de asignación familiares o asignación universal por hijo, ya que se agregó recientemente a más de un millón de niños y para poder considerarlos “hubo que contactarlos ya que tenían los documentos en malas condiciones y no tenían asignado un padre”.

Pese a todas esas aclaraciones dispuestas en el Convenio, el acceso de la Jefatura de Gabinete a esas bases de datos generó resquemores en el arco político opositor al gobierno de Cambiemos. La crítica más fuerte provino de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner, quien en su perfil de Facebook denunció que “con todos los datos que figuran en la base de ANSES y un buen software se puede elaborar una plataforma de metadatos que permitan a quien lo maneje, conocer: tus costumbres, tus gustos, tus contactos, tus inclinaciones, tus actividades etc. No sólo van a saber todo lo que hacés. Te van a vigilar. Te van a controlar”.

La ex mandataria incluso llegó a calificar esto como “un estado policial” y hacer una alegoría a la película alemana “La Vida de los Otros” que relata una historia centrada en el aparato de espionaje del gobierno de la República Democrática Alemana, y cómo un agente observa todos los movimientos de una pareja de artistas “disidentes” al régimen comunista en las postrimerías de la caída de la cortina de hierro. Cristina fue más allá cuando deslizó la posibilidad de que, con esos datos en poder de la Secretaría de Comunicación, se pueda “orientar” el voto de la población.

Este miércoles, un grupo de Legisladores del Frente Para la Victoria-PJ hicieron una presentación judicial contra la Resolución de la Jefatura de Gabinete. Se trata de los diputados nacionales Héctor Recalde, Teresa García y Carolina Gaillard quienes presentaron una acción de amparo colectivo pidiendo la nulidad de la Resolución 166/16. Los legisladores solicitaron también el dictado de una medida cautelar para suspender su aplicación y, en el caso de haber habido transferencia de datos, que se prohíba a la Secretara de Comunicación Pública utilizarlos.

Los demandantes sostuvieron que se estaba violando la ley 25.326, ya que establece que los datos “no pueden ser utilizados para finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención”, y que con la resolución, que habilita al acceso de datos suministrados, por ejemplo, para el acceso a alguna de las prestaciones otorgadas por ANSES, la Secretaría Comunicación Pública pueda usarlos para otros fines, lo cual “puede provocar que reciban llamados telefónicos a su domicilio personal o hasta su teléfono celular o reciban correos electrónicos a su cuenta personal por parte de un órgano del Estado que accedió a esta información sin ser suministrada por los individuos para este fin”.

La causa recayó en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10, a cargo de Liliana Heiland. En su presentación, los diputados solicitaron también que se habilite la feria judicial.

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