20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Las presas en Rosario podrán tener visitas íntimas

A pesar de que la norma está contemplada en la Ley de Ejecución Penal, las mujeres detenidas en una Alcaidía de la ciudad de Rosario presentaron un habeas corpus para que se les garantice el derecho de tener encuentros íntimos en la unidad.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

El código de Ejecución Penal establece que el régimen de visitas íntimas es un derecho al que pueden acceder todas las personas privadas de su libertad. A pesar de ello, a las reclusas de la Alcaidía ubicada en de La Paz al 400, dependiente de la Unidad Regional II (URII), en la ciudad de Rosario, se les negaba ese tipo de prácticas y, por ello, la Defensoría Pública presentó un recurso de habeas corpus donde también denunciaron malas condiciones de detención.

Gustavo Franceschetti, defensor regional de Rosario, explicó que "las razones del incumplimiento nunca fueron explicitadas de un modo claro. Creo que obedecía a conveniencia de quienes las custodian y a una cuestión moral, es decir, a que son mujeres".

El defensor expresó también que "en la audiencia argumentamos que todas las personas detenidas deben tener los mismos derechos que prevé la ley y que no es responsabilidad del recluso que el lugar tenga inconvenientes para garantizarlo. Pero, además, explicamos que encontramos una situación discriminatoria en perjuicio de las mujeres porque a todos los varones presos en las comisarías de Rosario las visitas íntimas no se les niegan. Sin importar las condiciones, siempre han encontrado una forma de organización”.

Las internas de la dependencia presentaron junto a la queja formal una nota en la cual proponían una forma de organización para las visitas dentro del establecimiento. La jueza Mónica Lamperti hizo lugar al recurso de habeas corpus y ordenó el cumplimiento inmediato del régimen y, de esta manera, poner fin a un reclamo de larga data de las mujeres presas.

Otra de las cuestiones denunciadas fueron  “los procedimientos de requisas ultrajantes y situaciones humillantes innecesarias hacia los familiares de los presos, lo que está vedado por el protocolo de revisión de la visita femenina”. Ante ello, Franceschetti detalló que “hay una Guía de Procedimiento Adecuados a los DDHH para la requisa de familiares, allegados y niños en el marco de visitas dictada por el Poder Ejecutivo que no es cumplida”, por lo tanto, resulta necesario que se “conforme una unidad de control en la que participen actores institucionales que puedan realizar inspecciones sucesivas y sorpresivas a las comisarías en el momento en que se realizan las requisas”.

 

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