Un informe de la Procuraduría de Narcocriminalidad detalló que en la mitad de las 50.317 causas iniciadas por estupefacientes en los últimos 12 meses en el ámbito de la Justicia Federal se investigan delitos de tenencia simple o para consumo personal. Además, concluyó que la gran mayoría de son archivados inmediatamente después de su ingreso al sistema.
La Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), que funciona en el ámbito de la Procuración General de la Nación, presentó el informe sobre las causas iniciadas por estupefacientes durante 2015 en el ámbito de la Justicia Federal, tomando como base los datos registrados al momento de su ingreso al sistema de administración de justicia.
Las causas analizadas comprenden aquellas investigaciones iniciadas por alguno de los delitos establecidos en el Régimen Penal de Estupefacientes (Ley 23.737), así como aquellas investigaciones por el delito de contrabando de estupefacientes, tipificado en el artículo 866 el Código Aduanero (Ley 22.415).
El informe revela que 4 de cada 10 causas iniciadas en la Justicia Federal se investigan tipos penales previstos en la Ley 23.737 o por violaciones al artículo 886 del Código Aduanero. Así, destaca que la judicialización de causas por estupefacientes es notablemente menor en la región bonaerense “debido a la vigencia de la Ley 26.052, conocida como la Ley de Desfederalización, en toda la región”.
En primer lugar, según los datos estadísticos, en casi 5 de cada 10 causas se investigan los delitos de tráfico ilícito como, por ejemplo, comercio, tenencia con fines de comercialización, distribución, almacenamiento, transporte y/o contrabando de estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación.
A su vez, 5 de cada 10 causas iniciadas se investigan delitos menores, tales como la tenencia simple o para consumo personal, indicados en el Art. 14 de la Ley 23.737. Según el documento, esto demuestra “una gran incidencia de la persecución de delitos menores”, y así cuestiona “el grado de eficacia y eficiencia de la persecución penal en materia de drogas”.
En segundo lugar, el documento considera que “las causas por tenencia para consumo personal que ingresan al sistema de justicia –tanto federal como provincial– rara vez prosiguen su trámite” a partir del criterio sentado en el precedente “Arriola” de la Corte Suprema de Justicia. Y añade: “Es posible afirmar que la gran mayoría de estas causas son archivadas inmediatamente después de su ingreso al sistema de justicia".
“A pesar de que la Corte ya ha señalado la inconstitucionalidad de este tipo penal -cuando no existe trascendencia a terceros-, no puede dejar de señalarse el elevado volumen de causas iniciadas en las que sólo se investigan conductas de tenencia para consumo personal”, sostiene y remata: “Evidencia que una parte importante de los recursos de las fuerzas de seguridad terminan estando destinados a la criminalización de las personas consumidoras de este tipo de sustancias, manteniendo así la inercial selectividad del sistema penal”.
Al respecto, el informe advirtió que “recientemente la comunidad internacional señaló la necesidad de intensificar los esfuerzos en la persecución respecto del tráfico de estupefacientes y la criminalidad organizada, haciendo hincapié en la adopción de medidas de prevención de la delincuencia relacionada con las drogas y de aplicación de la ley más eficaces”.