El Juzgado Civil y Comercial N° 3 deberá desalojar un inmueble ubicado en el lote 16 de la calle Blas Benjamin de la Vega N° 2228, haciendo cumplir la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que revoca la que fuera dictada por ese Juzgado. Para asegurar la protección integral de las personas involucradas en la diligencia, y la adecuada integración de competencias de los órganos administrativos en cuestiones asistenciales (como resorte exclusivo de las políticas públicas de Estado) se dio intervención a las Asesoras de Menores e Incapaces, se libró oficio al Co.P.N.A.F., al Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Corrientes y al Municipio de la Ciudad de Corrientes.