20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La Rioja se une al expediente electrónico

La Provincia comenzó a implementar el sistema de notificaciones digitales. El primer paso será en los procesos que tramiten ante el Tribunal Superior de Justicia. Los abogados ya fueron intimados a dirigirse a la oficina de informática para notificarse del acuerdo del Máximo Tribunal que implementa el nuevo procedimiento. 

Buenos Aires, Córdoba, Neuquén, Corrientes son algunas de las Provincias en las que ya se encuentra funcionando el sistema de notificaciones digitales. A ellas ahora se suma La Rioja, que en este 2017 puso en marcha el expediente digital, a más de dos años de ser aprobada la Ley que lo regula.

La Ley 9607 que autoriza la utilización de documentos, firmas electrónicas, firmas digitales, comunicaciones y domicilios electrónicos constituido en todos los procesos “con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que su equivalente en soporte papel” fue aprobada en diciembre de 2014 pero no fue hasta noviembre de 2016 cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja decidió que en 2017 comience a utilizarse.

Por medio del Acuerdo N° 184 suscripto por los jueces Luis Alberto Nicolás Brizuela, Claudio José Ana y Mario Emilio Pagotto aprobó el reglamento de notificación electrónica  y los instructivos del sistema para abogados y funcionarios judiciales.

 El Tribunal dispuso que el sistema se aplique gradualmente, comenzando por los expedientes y procesos que tramitan ante el TSJ “y cuando las condiciones operativas, materiales y de personal lo permitan, continuar su implementación en las Cámaras y Juzgados de todas las Circunscripciones Judiciales de la Provincia”.

Ante la inminencia de su puesta en marcha, los letrados ya fueron intimados a dirigirse a la oficina informática “a los fines de notificarse del Acuerdo TSJ N° 184 y sus respectivos Anexos, relativos al sistema de Notificación Electrónica creado por Ley Provincial N° 9.607”.

El artículo 3 de la ley impone la obligación de constituir domicilio electrónico, que se hará mediante la asignación de una casilla de correo electrónico emitida por la Dirección de Informática, dependiente del TSJ. De no cumplirse con la manda, a los abogados que no constituyan su domicilio electrónico las notificaciones se le tendrán por efectuadas en la Secretaría de Actuaciones.

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