20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Financiamiento de los partidos políticos, en la mira

¿De dónde sacó usted la plata para la campaña?

El fiscal federal con competencia electoral, Jorge Di Lello, dictaminó que no se pudo demostrar “en forma clara y precisa” el origen y destino de los aportes públicos recibidos por el PRO, Frente para la Victoria y Cambiemos para afrontar la campaña electoral del año 2015 y por eso consideró “razonable y preventivo” su pedido de suspensión.

En tres dictámenes que fueron presentados ante el Juzgado Electoral comandado por María Romilda Servini de Cubría, a los que accedió Diario Judicial, Jorge Di Lello, titular de la Fiscalía Federal N° 1, Di Lello ponderó las observaciones que hicieron los diferentes auditores tras analizar los informes finales de las fuerzas políticas que se llevaron el mayor caudal de votos en los últimos comicios.

Fuentes especializadas consultadas por este medio explicaron que la diferenciación del PRO con la alianza Cambiemos se debe a que en el caso del primero se refiere a los aportes recibidos por el partido político en particular, mientras que en lo que respecta a Cambiemos se evalúan los aportes recibidos por las tres fuerzas que integran ese espacio político (PRO, UCR y Coalición Cívica). “Los primeros corresponden a los fondos públicos destinados al partido durante el año, cuyos balances deben entregar al 31 de diciembre de cada año, los restantes refieren a los emolumentos recibidos para la elección en particular”.

Las presentaciones de Di Lello se hicieron tras lo dictaminado, en primer lugar, por el auditor contador Roberto Franco y León Derhovsepian (profesionales integrantes del Cuerpo de Auditores Contadores de la Exma. Cámara Nacional Electoral) respecto de los informes finales presentados por la Alianza Cambiemos -Capital Federal- correspondientes a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias PASO y Generales -categorías Diputados Nacionales y Parlamentarios del Mercosur- celebradas en el año 2015. Lo mismo con respecto al Frente Para la Victoria.

León Derhovsepian hizo lo propio respecto de los estados contables correspondientes al ejercicio cerrado el 31/12/2015 presentados por el partido PRO – Propuesta Republicana Orden Nacional.

Respecto de la rendición de cuentas correspondiente a la campaña PASO categoría Parlamentarios del Mercosur efectuada por Cambiemos, la Fiscalía consideró que Servini de Cubría puede aprobar el informe final presentado

“Ahora bien, habiendo analizado los informes referidos entiendo que las observaciones que se formulan en cada uno de ellos al día de la fecha no han sido subsanadas en debida forma, y por ello entiendo que no se ha podido demostrar en forma clara y precisa el origen y destino de los fondos recibidos por lo cual aparece razonable y preventivo la aplicación de la sanción de la suspensión de aquellos, conforme las aplicaciones del art. 67 de la ley 26.215”, agregan los dictámenes del representante del Ministerio Público Fiscal, en lo que hace a las presentaciones de Cambiemos y el FPV.

Fuentes consultadas por Diario Judicial aclararon que, de disponerse la suspensión, que será sólo respecto de los fondos provenientes del Estado Nacional, la misma “no es definitiva”. “Si subsanan las impugnaciones marcadas se puede rever la medida y levantar, en su caso, la posible suspensión”. 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
La eterna sospecha sobre el financiamiento político
El blanqueo de las campañas electorales

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486