21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Una distracción que salió cara

La Justicia de Rosario condenó a un hombre a pagar los daños que le ocasionó a un vehículo cuando salió del garaje de su casa de manera distraída. Los jueces consideraron que era su deber tomar las precauciones necesarias para que no se produjera el accidente.

En los autos “DOMÍNGUEZ, Carlos c/ HERNÁNDEZ, Jorge s/ Daños y Perjuicios”, el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de Rosario condenó a un hombre a pagar los daños le causó al automóvil de otro hombre cuando salía del garage de su casa.

Los integrantes del Tribunal destacaron que las normas de tránsito imponen a todo conductor circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito, y que cualquier maniobra deben advertirla previamente y realizarla con precaución, sin crear riesgo ni afectar la fluidez del tránsito; y que se presume responsable de un accidente al que cometió una infracción relacionada con la causa del mismo.

En ese sentido, según las pruebas, el vehículo del denunciante se encontraba en tránsito cuando fue embestido por el rodado del demandado, quien se encontraba saliendo de un garaje y admitió que tenía obstruida la visión de la calzada por un automóvil que se encontraba estacionado, no obstante, avanzó sobre la misma, circunstancia que realizó la maniobra sin el cuidado y prevención debidos.

Como consecuencia de lo expuesto, los jueces concluyeron que la ocurrencia del hecho se debió exclusivamente por la conducta del demandado y "no habiéndose probado ninguna de las eximentes previstas por la norma que rige el caso, se le debe reprochar totalmente la producción del hecho en cuestión, por su conducta culpable y su carácter de guardián del vehículo".

Los magistrados resolvieron condenar al conductor del vehículo a abonar la suma de $22.400 en concepto de indemnización y reparación de los daños que ocasionó. 

 


Aparecen en esta nota:
accidente indemnización

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486