La Justicia en lo PCyF de la Ciudad absolvió a una mujer por violar el peaje en la Autopista Illia, ya que ingresó a una cabina permitida para personas que cuentan con telepeaje. El juez indicó que "no existe la certeza" de que la señalización se encuentre ubicada con la anticipación necesaria para "brindar la posibilidad de adoptar otro carril para el pago".
El Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 17 de la Ciudad de Buenos Aires absolvió a una mujer por la violación de peaje en la Autopista Illia, ya que pasó "incorrectamente" por la cabina para personas que cuentan con telepeaje.
En el marco de una audiencia oral y pública, la mujer relató que le llegaron notificaciones por “violación de peaje”, y manifestó que “no suele transitar por dicha autopista, por lo que debió buscar el lugar por internet, en el buscador ‘Google’ y vio una serie de noticias periodísticas sobre que dicho telepeaje se trata de un sistema creado para que la gente suba y no tenga posibilidad de pago manual”.
En este sentido, la supuesta infractora relató que al “realizar la maniobra no vio señalización alguna y se enteró de la existencia de dicho peaje una vez que subió a la autopista”, y que “sólo puede ser conocida una vez que el conductor se encuentra circulando con su vehículo dentro de la arteria que es utilizada para acceder a la autopista Illia”.
Por último, consideró "excesiva y desproporcionada la multa" que se le pretende imponer en relación a dicha falta, de casi dos mil pesos, cuando el "peaje cuesta aproximadamente cincuenta pesos".
Tras la audiencia, el juez acreditó los hechos imputados, pero advirtió que “existiría una duda razonable en cuanto a la existencia de una debida señalización respecto de la existencia del carril exclusivo para vehículos que poseen telepeaje, puesto que no es sino una vez que los conductores se encuentran ya circulando por dicho carril, que se encuentran con la posibilidad de tomar por otro que posea cabinas para abonar el peaje manualmente”.
“Sin perjuicio de que la ley se reputa conocida por todos, no existe la certeza, en el presente caso, de que la señalización respectiva se encuentre ubicada con la anticipación necesaria para brindar la posibilidad de adoptar otro carril para el pago del peaje, que no sea exclusivamente el telepeaje”, sostuvo el fallo y así concluyó que "no existe dolo" por parte de la presunta infractora.