Empleados municipales de Córdoba se quejaron de que la Comuna publicó sus DNI en un portal de “datos abiertos” y presentaron un habeas data colectivo. Ahora, la Justicia les dio la razón y ordenó su supresión. Según el fallo, la divulgación de los números de los DNI es “incompatible con los principios jurídicos de ‘necesidad’ y de ‘disociación de datos personales’”.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 2.° Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar a una acción de habeas data colectivo iniciado por integrantes del Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (SUOEM) y ordenó al Municipio que suprima de la publicación del portal de datos abiertos los números de DNI de los amparistas.
El fallo fue dictado en el marco del expediente “Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (SUOEM) y otro c/ municipalidad de córdoba – amparo – acción de habeas data colectivo”, y cuenta con las firmas de los jueces Inés Ortiz y Humberto Sánchez Gavier . En la causa, los amparistas pidieron la baja de los DNI por entender que “no son datos para el acceso público irrestricto, ni se recaban para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal”.
“No es mera información del gasto público, que bien pudo hacerse disociando los datos, de modo que no se identifique la persona, con el sueldo que percibe, porque forma parte de su privacidad, intimidad y seguridad personal y patrimonial”, señaló el sindicato en su demanda, aclarando a su vez que ningún empleado de la Municipalidad de Córdoba “ha prestado su consentimiento particular, o dado autorización alguna a las autoridades municipales para que la publicidad dada del listado en cuestión y que tampoco fueron consultados en tal sentido”.
Tras analizar una seria de ordenanzas municipales que establecen la obligación de publicar en el sitio oficial de Internet de la Municipalidad de Córdoba el “detalle de personal municipal” y resaltar que ello “se inscribe en el claro diseño de políticas públicas basadas en los principios de gobierno abierto, transparencia y de acceso a la información”, los camaristas advirtieron que como contracara de los avances tecnológicos, “los ciudadanos advierten una pérdida del control de sus datos personales, con la clara preocupación de que éstos puedan ser utilizados, no para prestarles un servicio, sino para lesionar sus bienes y derechos”.
“la divulgación de los números de los documentos nacionales de identidad de los empleados municipales, aparece prima facie como incompatible con los principios jurídicos de ‘necesidad’ y de “’ociación de datos personales”, que están “expresamente consagrados” en las ordenanzas municipales.
“El número de documento de identidad, permite mediante simples operaciones con el uso de la informática y con alcances globales permitidos por el uso de la web, ‘asociar’ esos datos, traspasando la esfera de reserva individual tutelada por el art. 19 de la Constitución Nacional”, afirmaron los camaristas, al convalidar la medida cautelar solicitada por los empleados municipales.