La Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata condenó por daño punitivo a una empresa fabricante de autos por los diferentes desperfectos de un 0 km y debió indemnizar a un cliente con casi medio millón de pesos.
En los autos "U. G. M. J. y otro c/ Peugeot Citroen Argentina S.A.", la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata condenó por daño punitivo a una empresa fabricante de autos por los diferentes desperfectos de un coche 0 km.
Los miembros del Tribunal consideraron que el fabricante debe responder y abonar una suma de dinero al comprador por no brindar una solución satisfactoria en el servicio de post-venta del vehículo, al cual el demandante tuvo que acudir en varias oportunidades a los fines de lograr la reparación de los desperfectos.
Asimismo, los jueces consideraron que el hombre fue víctima de prolongadas estadías en el taller, a lo cual se suma como otro elemento demostrativo de un actuar desaprensivo, la circunstancia de no haber ofrecido en sede administrativa ningún tipo de solución al conflicto, sosteniendo su postura de negar los hechos denunciados.
Los magistrados explicaron que la indemnización del daño punitivo es procedente ante el incumplimiento del fabricante de automotores que entregó una unidad o km que no estaba en óptimas condiciones y eso quedó demostrado ya que el actor debió recurrir a medios de transporte sustitutivos para reemplazar la función que desempeñaba el vehículo propio.
Los daños punitivos son una multa civil que se añade a las clásicas indemnizaciones por daños, cuyo fin es la reparación del daño, aplicada en beneficio de la víctima y a los fines que los proveedores de bienes y servicios no incurran en graves inconductas, orientadas a cumplir un fin disuasorio para el causante del daño.
Finalmente, los camaristas condenaron a la empresa a abonar al comprador del vehículo fallado una suma de $436.350.