El Ministerio de Seguridad de la Nación dispuso un "Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo L.G.B.T.", que será de "aplicación obligatoria para todo el personal perteneciente a las fuerzas policiales y de seguridad federales". Mediante la resolución 1149/2017, publicada en el Boletín Oficial, se establece que la ejecución de la nueva disposición "deberá ser realizada por personal femenino, quien actuará de conformidad con el modelo de uso racional de la fuerza, de manera tal que se asegure la efectividad de la acción". También señala que "en todos los casos la prevención, el registro o la detención se realizarán resguardando la integridad física, respetando los derechos personalísimos, la identidad de género y la dignidad de la persona". La cartera ministerial dispuso además que "la persona detenida será alojada según el género autopercibido, en una celda separada si entiende que existe un riesgo potencial para su integridad, dignidad u otros derechos o si, al momento de informar su género, no se identifica con ninguno del binomio masculino/femenino", y que "las personas que necesiten utilizar instalaciones diferenciadas por sexo en las dependencias -como sanitarios-, serán consultadas sobre si desean hacer uso de las instalaciones femeninas o masculinas".