La Justicia Federal obligó a OSDE a afiliar de nuevo a un paciente, que padece HIV, al no acreditarse el falseamiento de la declaración jurada de ingreso.
En los autos "S. F. c/ OSDE s/ amparo de salud – incidente de apelación", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ordenó a la empresa de medicina prepaga a reafiliar a un hombre que padece HIV, al no acreditarse el falseamiento de la declaración jurada de ingreso.
Los jueces sostuvieron que la rescisión del contrato de afiliación del actor por la empresa demandada, con sustento en el falseamiento de la declaración jurada de ingreso al omitir declarar su real estado de salud al momento de ingreso, resulta -prima facie- arbitraria, desde que no ha dado una explicación fundada de por qué consideró que el afiliado sabía y omitió denunciar la alegada patología.
En esa línea, los magistrados resaltaron que OSDE debe reafiliar al amparista brindándole la cobertura médico-asistencial correspondiente al plan de salud oportunamente contratado, pues la falta de cobertura pondría en serio peligro su estado de salud, de modo de no alterar la situación, hasta que se decida la cuestión de fondo.
Los miembros del Tribunal consideraron que se debe tener en cuenta el peligro en la demora que acarrea esta situación, teniendo en cuenta la patología del demandante y las dolencias que sufre.
"Los fundamentos hasta aquí expuestos en cuanto a la verosimilitud del derecho, las circunstancias invocadas por el actor, las constancias obrantes en la causa ya analizadas, la naturaleza del derecho que involucra la decisión de la demandada y el peligro en la demora", convencieron al Tribunal para hacer lugar al recurso de amparo interpuesta por el joven desafiliado.