20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Reparación 0 km

Compró un auto nuevo, tuvo fallas, reclamó y le darán otro nuevo. Así lo resolvió la Justicia de Neuquén al entender que el vehículo “no cumplió con los requisitos normales y esperables de durabilidad, utilidad y fiabilidad”.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a una demanda y condenó en forma solidaria a la fabrica del automotor y a la concesionaria a entregar un automóvil 0 km en reemplazo de uno que presentó fallas mecánicas. Los demandados también deberán abonar la suma de 2.700 mil pesos en concepto de indemnización por privación de uso.

El cliente adquirió un automóvil en la concesionaria que al poco tiempo presentó diversas fallas mecánicas y de seguridad. La concesionaria reparó los problemas técnicos encontrados, pero algunos de los trabajos demoraron en hacerse y otros quedaron sin solución definitiva.

En los autos “C. A. y otro C/ S. S. A. y otro S/ D. Y P. Derivados de la Responsabilidad Contractual de Particulares”, el juez de primera instancia hizo lugar a la demanda por el dueño del auto y, en consecuencia, condenó a la fábrica y la concesionaria a entregarle a los actores -a cambio del vehículo defectuoso- uno nuevo con las mismas características técnicas de aquel o a entregarles el automotor que reemplace al modelo si resultara discontinuado en su fabricación.

El perito indicó que el automóvil ingresó al service con inconvenientes desde los primeros kilómetros. El vehículo sufrió una serie de desperfectos que, según el experto, se pueden encontrar en la falla del control de calidad en fábrica.

En este escenario, el Tribunal de Alzada falló a favor del cliente, luego de acreditar que desde la entrega de la unidad, el automóvil ingresó -por cuestiones varias- a ser examinado por el service en 10 ocasiones.

“En tales ingresos se corroboraron problemas que conllevaron las reparaciones de tales defectos, incluyendo amortiguadores delanteros y traseros -estos últimos, dos veces-, burletes en puertas y baúl, cambio bolilleros, reparación aire acondicionado, ruido selectora, reemplazo de cableado sensor de mariposa, reemplazo bomba de freno, cambio de semieje, reemplazo tacos motor, reemplazo de bujías, etc.”, describió el fallo.

También destacaron que ninguno de los casos se asentó que las fallas pudieran “obedecer a actos atribuibles al propietario y/o a los caminos transitados”, y que tampoco se acreditó el “uso irregular del vehículo, por el contrario, se dejó constancia de cada trabajo efectuado y del cambio de las piezas indicadas”.

Los jueces determinaron que el automóvil adquirido por el actor, al “no cumplir con los requisitos normales y esperables de durabilidad, utilidad y fiabilidad, pese a las múltiples reparaciones a las que resultó sometido, no resultó —ni resulta en la actualidad— apto para satisfacer en plenitud la finalidad para la cual estaba destinado”.

“Parece lógico que quien adquiere un automóvil nuevo, aún dándole un uso intensivo, aspire a que durante los primeros años ese rodado funcione sin inconvenientes, requiriendo sólo de un mantenimiento mínimo”, concluyó la Cámara.



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