La Cámara Civil rechazó una demanda contra un médico del Hospital Italiano por una supuesta demora en la realización de ciertos estudios que hubieran permitido detectar antes el cáncer.
En los autos "G. C. V. c/ Hospital Italiano de Buenos Aires y o. s/ daños y perjuicios", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó una demanda contra un médico del Hospital Italiano por una supuesta demora en la realización de ciertos estudios que hubieran permitido detectar antes el cáncer.
Los miembros del Tribunal resolvieron rechazar la demanda por daños y perjuicios ya que no pudieron demostrar la culpa del profesional demandado teniendo en cuenta que "el tratamiento brindado al paciente se condice con el cuadro médico a partir de la evolución que evidenciara".
Los jueces explicaron que, en materia de responsabilidad médica, el tribunal debe situarse en el día y hora en que el médico debió tomar una decisión, ver cuál era entonces el cuadro del enfermo, cuáles eran los elementos con que contaba o podría contar el médico y cuáles los caminos posibles.
En ese sentido, se comprobó que el paciente evolucionó favorablemente y en los controles posteriores no poseía los síntomas típicos de esta patología que se instala silente en los enfermos, "lo que resulta demostrativo de un seguimiento clínico diligente, ajustado a las circunstancias evolutivas y cambiantes del cuadro, dejando carente de fundamento la pretensión reparatoria intentada", destacaron los magistrados.
Por último, los camaristas resaltaron que no existen pruebas que den muestra que el diagnóstico efectuado y el tratamiento proferido se alejaran de la buena medicina. Así, "la perito consideró que no había generado el indicio de una patología oncológica ante la falta de síntomas ni tampoco antecedentes que indujera a pensar la presencia de cáncer intestinal".