La Cámara Laboral consideró injustificado el despido indirecto en el que se colocó una mujer por no haber enviado una previa intimación para hacer cesar los maltratos que denunció.
En los autos "V. I. M. c/ Comando de Transportes Navales s/ despido", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró injustificado el despido indirecto de una mujer por no haber enviado una intimación previa para hacer cesar los maltratos que denunció.
Los jueces resaltaron que es injustificado el despido que, considerando la existencia de una situación de maltrato continuo o mobbing hacia su persona, disolvió el vínculo sin previamente intimar a la empleadora a que reviera su conducta, "porque esa decisión no se adecua al principio de buena fe conforme al cual están obligadas las partes a obrar tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o relación de trabajo".
Los miembros del Tribunal sostuvieron que al revisar todas las pruebas de la causa no se encontraron indicios que, “prima facie”, autorice a presumir que la actora hubiera sido víctima de “mobbing” o de un maltrato continuo por parte del personal jerárquico de Comando Transporte Navales.
Teniendo en cuenta ello, los magistrados tuvieron en cuenta la declaración de la demandada, quien expresó que “nunca tomó conocimiento de maltrato ni acoso ni verbal ni escrito contra la actora" hasta que llegó la demanda.
A raíz de todas las declaraciones de los empleados de la empresa, los camaristas concluyeron en que lo expresado por los testigos tampoco evidencia una violencia psicológica extrema, "ejercida en forma sistemática y durante un tiempo prolongado", como denunció la mujer.
Por todo lo expuesto, los jueces optaron por confirmar la sentencia de grado y rechazar la petición de indemnización de la actora.