21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Despido por embarazo es ilegal

La Corte correntina ordenó a una empresa a indemnizar a una mujer que fue despedida luego de notificar su embarazo. Para los jueces, no hubo duda que la desvinculación se debió al estado de la empleada.

En los autos "Frías Silvina María Belén c/ LX Argentina S.A. s/ ind.", la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Corrientes condenó a una empresa a abonar una importante indemnización una mujer que fue despedida luego de notificar su embarazo.

Los miembros del Tribunal tuvieron en cuenta la inmediatez entre el aviso de embarazo y el despido dispuesto por la empresa para concluir que el motivo la desvinculación de la mujer obedeció a su estado de gravidez. 

Los magistrados comprobaron que la notificación del embarazo fue enviada un día antes que el telegrama de despido, por lo que está probado que la embarazada despedida cumplió con los requisitos legales.

"La presunción hecha operativa en el caso, en el sentido que todo despido dispuesto dentro el plazo de 7 y medio meses anteriores o posteriores a la fecha de parto obedece a razones de maternidad o embarazo, resulta irreprochable, estando cumplido el recaudo legal exigido en el art. 178 de la LCT", resaltaron los jueces.

La empresa demandada argumentó que no se cumplieron los requisitos exigidos por la normativa referida para tornar operativa la presunción legal y que no se acreditó el presunto estado de gravidez de la trabajadora ni el alumbramiento.

Finalmente, los magistrados comprobaron que la notificación del embarazo fue enviada un día antes que el telegrama de despido, por lo que está probado que la embarazada despedida cumplió con los requisitos legales.

Por todo lo expuesto, los miembros del Máximo Tribunal resolvieron confirmar la sentencia de origen que condenó a la empresa a abonarle a la mujer una importante indemnización.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486