La Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal resolvió la creación de un marco de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico argentino. De este modo, se decidió castigar el realizar tareas de prospección, remoción o excavación en un yacimiento arqueológico o paleontológico, sin autorización expresa del Estado argentino. De igual forma, los juristas incluyeron la comercialización, el transporte, la compra o la puesta en el comercio de una pieza; como también el destruir, inutilizar, hacer desaparecer o dañar un producto, o un subproducto proveniente de un yacimiento arqueológico o paleontológico.