La Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de reforma del Código Penal avanzó en la redacción respecto a los delitos informáticos. Así, los juristas analizaron la tipificación del acceso ilegítimo a un sistema o dato informático de acceso restringido; que prevé una agravante cuando se de en perjuicio de un organismo público estatal, de un proveedor de servicios públicos, o de un servicio de salud o de un servicio financiero. Asimismo se trabajó, en la definición del fraude informático, que "tiene lugar mediante la introducción, alteración o borrado o supresión de datos de un sistema informático o utilizando cualquier técnica de manipulación informática, que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos", y así se "logre un beneficio patrimonial indebido". También se incluirá el "phishing", es decir el "ánimo de lucro o la finalidad de cometer un delito, y valiéndose de alguna manipulación informática, ardid o engaño, obtuviere claves o datos personales, financieros o confidenciales de un tercero".