22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Todos contra la suba del gas

La Cámara Federal de La Plata admitió que los abogados de la Defensoría de la provincia de Buenos Aires puedan representar a los ciudadanos que impugnan individualmente la suba de la tarifa del gas.

En los autos  “Fernández, Mercedes c/ Estado Nacional (Mrio. de Energía y Minería) s/ Ley de Defensa del Consumidor”, la Cámara Federal de la Plata estableció que todos los ciudadanos que impugnen la nueva tarifa del gas pueden ser representados por abogados de la Defensoría de la provincia.

Los miembros del Tribunal explicaron que la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires puede patrocinar reclamos judiciales como el que se promueve en esta causa porque está habilitada por las leyes que la rigen.

Los jueces resaltaron que no deben confundirse las acciones colectivas promovidas por el Defensor del Pueblo con las acciones individuales iniciadas por habitantes de la provincia afectados por el incremento de la tarifa del gas patrocinados por profesionales que se desempeñan en un organismo público.

Los camaristas se pronunciaron en contra de la sentencia de grado que rechazó la petición de la demandante utilizando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y señalaron que "priva a los habitantes de los estados locales de una representación procesal institucionalizada".

En ese sentido, los magistrados expresaron que "no puede desprenderse de ella que vede todo tipo de actuación de las Defensorías del Pueblo ante los tribunales federales". "No parece que pueda extenderse también a situaciones de asesoramiento y patrocinio letrado en asuntos individuales", añadieron.

Los jueces resaltaron que no deben confundirse las acciones colectivas promovidas por el Defensor del Pueblo con las acciones individuales iniciadas por habitantes de la provincia afectados por el incremento de la tarifa del gas patrocinados por profesionales que se desempeñan en un organismo público.

Por último, los miembros de la Cámara destacaron lo dicho por la ley que organiza y regula la actuación del Defensor del Pueblo bonaerense, la cual sostiene que “para el cumplimiento de sus funciones el Defensor del Pueblo, los Adjuntos Generales y los Adjuntos tendrán las siguientes atribuciones”: “promover acciones administrativas y judiciales en todos los fueros, inclusive el federal”.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486