Un llamado al 911 de la Provincia de Buenos Aires solicitando dinero porque sino “mataría a la señora de Macri en 24 hs” deberá ser investigado por la Justicia Federal porteña, porque ese es el lugar “donde la misiva iba a afectar al destinatario”.
Una llamada anónima recepcionada en el número 911 de la provincia de Buenos Aires, por el que se exigieron U$S 10 mil para acreditar en una cuenta de Paraguay, porque de lo contrario “mataría a la señora de Macri en 24 hs”, deberá ser investigada por el Juzgado Federal a cargo de Claudio Bonadío y no por el competente según el lugar desde donde se propinó la amenaza.
Así lo resolvió la Sala I de la Cámara Federal porteña, integrada por el juez Mariano Llorens, de forma unipersonal, en la causa “N.N. S/ competencia” tras terciar en un conflicto de competencia entre el Juzgado de Claudio Bonadio -que previno en el caso- y el Juzgado Federal de Morón, a cargo de Néstor Barral.
Las amenazas se profirieron desde un teléfono ubicado en La Matanza, vinculado a Facebook a un perfil con una dirección de I.P. Relacionado con un domicilio ubicado en esa localidad bonaerense.
Según surge del fallo, se hicieron tareas investigativas y se determinó que el abonado celular se encuentra registrado a nombre de una persona con domicilio de facturación en la Capital, y que se encontraba vinculado “Facebook” a un perfil cuya dirección de I.P. “se relacionaría con un domicilio ubicado en La Matanza”
Además, se lograron identificar las celdas que se activaron en la comunicación, las que se encontraban ubicadas en la localidad de Isidro Casanova, Partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires.
Con esos antecedentes, el Juzgado Federal n° 11 de la Ciudad remitió la causa a su par en Morón, pero éste no aceptó la competencia y la contienda negativa fue dirimida por Llorens, que acordó con el dictamen del fiscal de Cámara, Germán Moldes, que opinó que la maniobra aquí investigada “habría tendido sus efectos dentro del ámbito capitalino de esta ciudad, siendo aquí el lugar donde la misiva iba a afectar al destinatario”.
El magistrado de la Sala I de la Cámara agregó, en cuanto al delito que aquí se investiga, que el Cuerpo tiene entendido que el delito de amenazas se consuma “cuando la amenaza llega a conocimiento del destinatario”.
Por tal motivo, el Tribunal concluyó que “si bien es correcto que la recepción del llamado fue en la Provincia de Buenos Aires”, no se podía dejar de lado “que el eventual efecto intimidatorio de la misiva habría tenido su consumación en esta ciudad, por lo que corresponde a esta jurisdicción continuar con la presente investigación”.