En la presentación del gobierno, se mencionó que “quienes desde el exterior observan el fenómeno y deben proveer los créditos necesarios se abstendrán de aportar fondos a un país cuyos jueces no terminan de comprender que el resolver parcialmente el problema de tal o cual ahorrista demora la solución del conjunto comprometiendo más aún un sistema en crisis”.
El anuncio de la presentación del recurso extraordinario ante el máximo tribunal fue hecho por el ministro de Economía, Roberto Lavagna, antes de partir a los Estados Unidos, y ante la dramática negociación por un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, que redobló sus exigencias antes de un acuerdo financiero que ya parecía concedido.
Ente esas exigencias el organismo mundial reclama que se frene el drenaje de fondos de los bancos a través de los amparos judiciales, que en esta capital superaron las 140 mil presentaciones y que significaron para los bancos la salida de más de 5000 millones de pesos en el cumplimiento de esas órdenes.
El escrito por la cual se reclama una definición de la Corte se hizo en el expediente “Distefano, Andrea Paola” un expediente en donde el juez de la primera instancia del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal Ernesto Marinelli declaró la inconstitucionalidad del la pesificación y se le permitió a la ahorrista disponer del 50 por ciento de sus depósitos.
En el recurso de ocho carillas, el Gobierno Nacional afirmó que la Corte Suprema, que mañana mantendrá el acuerdo de los jueves, debe tener en cuenta “la situación de emergencia declarada por la ley 25.561 con el fin de preservar el orden público económico” el cual aseveraron esta “seriamente afectado en perjuicio de toda la comunidad nacional”.
Además, se expresó con este tipo de fallos esta “imbuido de un loable espíritu de protección de los intereses individuales” lo que manifestaron impide comprender “el impacto negativo que este y todo los cientos de medidas precautorias tienen en la solución final”.
También, hubo una mención sobre el caso “Smith”, en donde el tribunal declaró la inconstitucionalidad del corralito, al respecto refirieron esa resolución no puede tener “validez” ya que la situación imperante en febrero dista mucho de la actual.
Este nueva presentación del Estado Nacional deja en manos del alto tribunal de justicia el espinoso tema de alguna definición del supremo tribunal sobre la batería de normas que se sancionaron desde la rubrica del decreto 1570/01 por parte del ex ministro de Economía Domingo Cavallo.