20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El Estado no siempre es responsable

Un tribunal santafesino resolvió que el Estado provincial no es responsable por el fallecimiento de una persona dentro de una comisaría como consecuencia de un ACV.

En los autos "B. R. E. c/ Superior Gobierno de la Pcia. De Santa Fe y otros s/ daños y perjuicios", la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista resolvió que el Estado provincial no es responsable por el fallecimiento de una persona dentro de una comisaría consecuencia de un ACV.

La demanda contra el Estado de la provincia de Santa Fe fue interpuesta por la esposa e hija del hombre, quien fue encontrado ebrio en la vía pública y lo trasladaron a una comisaría donde falleció horas después a causa de un accidente cerebro vascular. Las mujeres denunciaron que los guardias dejaron durmiendo al fallecido durante algunas horas antes de llamar a un médico.

 

Los jueces determinaron que el personal policial no incurrió en ninguna omisión porque no se les puede exigir un diagnóstico médico y, al no haber mediado imputación de delito o contravención, nada justificaba la intervención de un médico.

 

El hombre fue encontrado en la calle y fue trasladado hasta la comisaría en su auto, donde los agentes policiales lo dejaron reposando debido a su estado de ebriedad. Luego de unas horas y varios intentos fallidos por despertarlo llamaron a una ambulancia que lo trasladó al hospital donde murió.

Los miembros del Tribunal sostuvieron que la causa de muerte fue un ACV, que ninguna relación tuvo con la conducta desplegada por los accionados, y que nada indica que con la intervención de un médico el hoy difunto hubiese sobrevivido.

"Al no advertirse negligencia ni omisión culpable, no hubo antijuridicidad" y, en consecuencia, se debe rechazar la demanda, explicaron los camaristas.

Los jueces determinaron que el personal policial no incurrió en ninguna omisión porque no se les puede exigir un diagnóstico médico y, al no haber mediado imputación de delito o contravención, nada justificaba la intervención de un médico.

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